DANIEL BUSDYGAN
coordinador
ABORTO
ASPECTOS NORMATIVOS, JURÍDICOS
Y DISCURSIVOS
Celia Amorós
Claude Lévi-Strauss, en su reconstrucción estructural de la mitología americana, le dedica una especial atención al tema de la periodicidad. Esta mitología hunde sus raíces en el Neolítico y narra el origen de las plantas cultivadas, que aparece relacionado con los relatos míticos relativos a esta temática: la alternancia de las estaciones, del día y de la noche, así como de los ritmos periódicos que tienen lugar en el organismo de la mujer. Empíricamente se constata que, a diferencia del masculino, el organismo femenino es periódico, y la periodicidad, en ese complejo mitológico, es valorada como el orden. Orden cósmico y orden social. Parecería derivarse de ahí que es la mujer quien debe imponer los ritmos cósmicos. Pero no. Es la cultura la que regula la naturaleza. Y en esta mitología, que es desde este punto de vista una elocuente ejemplificación de la ideología patriarcal, aparecerá la mujer, en tanto naturaleza, normativizada por los designios de la cultura que vienen ejemplificados por una instancia masculina.
Como en todos los mitos, se parte de lo que podemos llamar “el punto cero” que nos representa el mundo al revés, connotado como un mundo tanto imposible como indeseable. El ciclo mitológico que concretamente sirve de contexto al relato del origen de la periodicidad fisiológica femenina es el llamado “ciclo de las esposas de los astros” que narra, en sus diversas variantes, la alianza matrimonial entre un astro y una mortal. Pues bien, en el origen, y ejemplificando así el mundo al revés, la mujer aparece como caótica, sin ciclos menstruales ni, por tanto, partos previsibles. Tuvo que ser el Demiurgo celeste, padre de Luna1 y suegro por tanto de la esposa mortal, el que impusiera un comportamiento cíclico al organismo femenino. Había que someter a la mujer a reglas en el doble sentido de imprimir en su cuerpo los ritmos cíclicos –las “reglas”– y de doblegar su comportamiento a las normas sociales –también reglas– en consonancia con un mundo ordenado en el plano social y en el cósmico. Y así como el orden en el ámbito fisiológico se encarna en “el período” femenino, en el ámbito social vendrá a sustanciarse en la sumisión de las féminas a reglas sociales que decretan su subordinación a los varones.
Podríamos afirmar que la lógica de la mitología patriarcal pone del revés lo que, prima facie, parecería ser el orden lógico: dado que las mujeres son seres reglados, deberían ser ellas quienes impusieran las normas. Sin embargo, aparecen como su sujeto pasivo, como teniendo que obedecer a quienes tienen un organismo aperiódico, sit venia verbo, siendo así que la periodicidad es connotada como lo culturalmente más valorado. La mujer no podrá de este modo autonormarse ni normativizar nada; le debe su normatividad al patriarca que, por su parte, no está orgánicamente sometido a “reglas” que serían el pendant social-cultural del orden cósmico ni a reglas sociales que les fueran impuestas por las mujeres. El patriarca incurre así en lo que los lógicos llaman “falacia naturalista”, la derivación de un enunciado de carácter normativo que afirma algo concerniente al deber ser a partir de premisas puramente descriptivas que se refieren solamente a aquello que es. Se lleva a cabo un juego semántico ilícito con la palabra “regla”. La Mujer, sometida de hecho a “la regla” en cuanto a la periodicidad orgánica, debe someterse de derecho a las reglas del orden social patriarcal: he aquí un salto injustificado del orden del ser al del deber ser. Estar sometidas a reglas, que es nuestro destino orgánico, se convierte, en la lógica patriarcal del mito, en nuestro destino social y cultural. Pues es el Demiurgo quien ha dado a la Mujer, que en un principio era caótica, la pauta natural y cultural de la periodicidad. Lévi-Strauss, de forma muy empática, reconstruye así la lógica del mito en un texto muy significativo.
Nos encontramos así, en el debate acerca de la interrupción voluntaria del embarazo, con una ideología que tiene un soporte ancestral: la ideología patriarcal está en función del poder y, en tanto que tal, es un hueso duro de roer para nosotras, las mujeres. Nuestra lucha no es solo por un regateo de supuestos despenalizadores o de plazos: se juega nada menos que la concepción misma de la reproducción de la vida de la especie, lo que permite a su vez la concepción de nuestra especie misma. Es, pues, un tema cargado de implicaciones filosóficas. Volveremos sobre ello.
El genérico masculino, como lo hemos podido ver, se instituye en el monopolizador de la legitimación de la vida. Se considera que las mujeres no son competentes para ello por carecer ellas mismas de autonomía. Ya protestaba Mary Wollstonecraft en su Vindicación de los derechos de la mujer de 1792 contra el hecho de que las féminas hubieran de ser tutorizadas, condenadas a la heteronomía moral, a recibir “la ley de la razón de segunda mano”. De acuerdo con el lema “operari sequitur esse” (el obrar sigue al ser), un ser heterónomo concebirá y parirá de acuerdo, se pretende, con los designios de la naturaleza. Y ello se justifica utilizando el concepto de naturaleza en el doble sentido de aquello anárquico, que debe ser controlado, domesticado y regulado por la cultura, la instancia racional y, por tanto, humanizadora, por una parte. Pero, por otra, se juega con el sentido ilustrado de la naturaleza como paradigma normativo, como deseable orden de las cosas. Así, como lo hemos puesto de manifiesto en otra parte (Amorós, 1985), la mujer es naturaleza en el primer sentido porque así ha sido decretado por la naturaleza en el segundo sentido: es la naturaleza misma la que quiere que ella sea y se comporte como naturaleza. Operari sequitur esse. Se explota así el juego ideológico del concepto tal como ha funcionado en la historia ideológica y patriarcal.
Quienes llaman al aborto “asesinato” ponen de manifiesto hasta qué punto puede abusar del poder quien pone nombre a las cosas. Nosotras preferimos jugar de otro modo con las palabras y pedir que aquellas en cuyos organismos se elabora el proceso de la reproducción de la vida de nuestra especie gestionen –y no meramente gesten– este proceso de forma consciente e intencional, como corresponde al modus operandi de lo específicamente humano. Es indispensable, pues, una ley de plazos. La contemplación de determinados “supuestos” debe ser rechazada, no ya porque los supuestos sean más o menos generosos, sino por una cuestión feminista de principios: están sujetos a la interpretación de los otros, lo que se relaciona con los prejuicios ancestrales que asocian lo femenino con la incapacidad de autonormarse racionalmente, de atenerse a una legalidad que no venga heterónomamente impuesta. Patriarcalmente impuesta, en suma. Los supuestos le tipifican a “la mujer” desde afuera, como situaciones límite que responderían a una casuística propia de una ética prekantiana, una ética para menores de edad incapaces de regirse por el imperativo categórico: “Obra de tal manera que puedas querer que la máxima que regula tu acción se convierta en ley universal”. Pero, por si fuera poco, se decide también desde afuera si “el caso” de determinada mujer está subsumido bajo alguno de los supuestos en cuestión.
La ideología patriarcal sobre la maternidad mantiene una contradicción curiosa: por una parte, estima que “la mujer” está hecha para la maternidad, que la maternidad humana es un instinto y que, por tanto, ni puede ni debe interferir con su programación vital individual. Pues, como lo han afirmado diversos filósofos (Kierkegaard, Ortega y Gasset, entre muchos otros), “la mujer es un genérico”. No tiene propiamente principio de individuación: es una ejemplificación inesencial de una esencia, la esencia de “la feminidad”, que se define, ante todo, por la función reproductora. Pero, por otra parte, los mismos sesudos patriarcas sospechan que, si se les da a las mujeres opción legal para abortar, para interrumpir legalmente su embarazo, poco menos que abortarían casi todas: sería “un coladero”. En el fondo se piensa que las excelsas madres por instinto natural son unas zorras. ¿En qué quedamos? Contradicen con sus sospechas la adjudicación naturalista de inclinaciones maternales que hacen a “la mujer”. Sospechamos acerca de sus sospechas: en el fondo no deben creer en el instinto maternal. Más bien son misóginos que quieren penalizar la sexualidad de las mujeres que no se atienen a sus cánones. Así, ser madre sería aceptar cual fatalidad el accidente natural, el avatar biológicamente impuesto, la biología como destino ciego. Pero nosotras afirmamos que ser madre así es violento e inhumano.
Pero no acaban aquí las contradicciones en la ideología patriarcal. Los mismos que condenan el aborto no consideran, al menos en sus prácticas, que la vida indubitablemente humana, es decir, la de la persona nacida, naturaleza racional con capacidad para la existencia separada –suppositum la llamaban escolásticos–, y por tanto sujeto indiscutible de derechos, sea un valor en sí. Entienden que hay que enviarla al combate para convalidarla. Teóricamente Hegel lo formuló así en “la dialéctica del amo y el esclavo” en su Fenomenología del espíritu: el señor es señor porque ha superado el miedo a la muerte arriesgando su vida en el combate y demostrando de ese modo, al trascenderla en la búsqueda del reconocimiento al mérito guerrero, que hay que legitimarla para constituirla en valor. El siervo ha temblado cobardemente y por ello su vida, empantanada en la inmanencia, es la de una conciencia servil y dependiente del amo.
La institución de la genealogía patriarcal está, de este modo, ligada a esta concepción de la vida como trascendencia que resulta ser la vida legitimada. Podemos contrastarlo tanto en la significativa epopeya filosófica hegeliana como en la práctica de quienes envían gente a los ejércitos, en los que ya no arriesgan su vida los señores del mundo sino los siervos reclutados entre los más desharrapados de ambos bandos. Curiosamente las delicadas sensibilidades que condenan el aborto por su apasionado e incondicional aprecio de la vida no suelen poner el mismo énfasis ni desplegar la misma militancia en la condena de las guerras. Coincidían en buena medida los paladines de la lucha antiabortista con los partidarios de la guerra del Golfo… Se ve que cuentan con la docilidad y la incondicionalidad con que los úteros femeninos vayan a reponer las vidas humanas. Si las portadoras de los úteros (no se olvide: los úteros lo son de personas) pretenden poner condiciones, por ejemplo, que el dar la vida a otro ser sea compatible y se integre, sin ser descalificado a priori por irrelevante, en su propio proyecto de vida, tendremos, sin duda, más voces cualificadas a la hora de disponer de la vida. No ya desde los cálculos según la razón instrumental, del mero ajuste de los medios a fines no dilucidados valorativamente, sino desde las consideraciones de la práctica, de esa razón que reclamaban los filósofos de la Escuela de Frankfurt para que estimara la racionalidad de los fines mismos. A lo que añadimos nuestro propio énfasis: tanto de los fines del varón como desde los de la mujer. A los seres humanos, desde una perspectiva existencialista, se los trata como fines en la medida misma en que se tienen en cuenta sus fines, pues no son sustancias racionales idénticas a sí mismas, cerradas en sí mismas, sino proyectos que se trascienden permanentemente en la búsqueda y la prosecución de sus fines (Amorós, 2001).
Si, de acuerdo con las concepciones patriarcales, la vida según el Logos, según la Palabra, el Verbo o las grandes razones invocadas para hacer la vida digna de ser vivida vale más que la mera vida según la carne, la mostrenca vida, ¿por qué, cuando se trata de genitoras, es esta última la que se impone como lo más valioso? Si la humanidad ha de reproducirse no solo como especie zoológica sino con plena autoconciencia cultural, entonces “la maternidad implica, además de la preparación de un útero receptivo, también la elaboración de un regazo psíquico donde el niño que nacerá pueda ser esperado, esto es, pensado y amado, incluso antes de ver la luz […] Una mujer no puede vivir su gestación como una incubadora acéfala […] lo que hace de un agregado de células un hijo es el deseo materno, la capacidad de la mujer de presentificar y anticipar la existencia del otro dentro de sí”, afirma Silvia Veggetti-Finzi (1988). La vida legitimada podrá depender así de la “maternidad pensada”, la cual depende a su vez de que la vida de las mujeres se considere en sentido pleno una vida valiosa, justificada por sus propias razones y capaz por tanto de concebir, en el doble sentido de la palabra, vida según razones. La valoración de la mujer tiene una relación muy directa con el valor de la vida humana. Pues esa valoración implica que ella pueda ser no solo dadora sino legitimadora de la vida. Implica la lucha contra el monopolio patriarcal de la legitimación de la vida. Que se haga en ella “según su palabra”.
De acuerdo con Jordi Luengo López, la idea de “la maternidad consciente” fue “muy defendida durante la Segunda República”. Consistía en que todas las mujeres pudieran hacer uso de su voluntad “autónoma y lúcida” para decidir convertirse o no en madre. Para tomar tal determinación y sopesar convenientemente las consecuencias de la elección por la que fueran a decantarse, las mujeres debían “ejercitar el cerebro a través del estudio y de la educación” (Palacio Lis, 2003). Según nuestro historiador, “la maternidad consciente” terminó por ser una norma de conducta, estrictamente necesaria para el control de la natalidad, incluso entre las capas populares (Luengo López, 2009).2
Lo que se juega en la base de la polémica acerca del aborto, la lógica patriarcal, es lo mismo que está en cuestión en la discusión sobre la primacía del apellido paterno o del materno. Es muy significativo que la preeminencia del apellido paterno se haya convertido en la nueva bandera del Partido Popular y de la ultraderecha contra los planes de igualdad. La intención del gobierno español de que la primacía del apellido paterno ceda el paso al orden alfabético si no hay acuerdo entre los padres levantó críticas por parte de los populares y de organizaciones de defensa de la familia tradicional. Mariano Rajoy prometió dar la batalla contra la reforma del Registro Civil, que grupos como el Instituto de Política Familiar consideraron un nuevo ataque a la institución. El gobierno recordó que la primacía paterna es inconstitucional. No vamos a entrar aquí en los debates acerca de las posibles alternativas a la imposición del nombre paterno cuando los progenitores no se ponen de acuerdo sobre el orden de los apellidos: el orden alfabético, el sorteo, etc.3 Pero sí insistiremos en nuestro leitmotiv: con toda seguridad, no vamos a ser más redundantes que el patriarcado en sus simbólicas y sus argumentaciones. Lo que legitima el valor y sentido a la vida humana es la imposición del nombre, que expresa su prefiguración según el logos y no solo según la carne. El Credo cristiano hace referencia a “aquellos que nacen no de la carne, ni de la sangre, ni de voluntad de varón, sino de Dios”. El que se nazca de “voluntad de mujer” ni siquiera se contempla: se nace de mujer solo según la carne, según una carne que el logos instrumentaliza. Nosotras pedimos, porque es de justicia contra el prejuicio patriarcal, que se dé expresión al hecho de que los hijos nacen también de “voluntad de mujer”. Que queda patente que ella tiene capacidad de prefiguración de su criatura; en suma, exigimos que la mujer, como el varón y en condiciones de igualdad, instituye genealogía, genos, estirpe, según el logos femenino, dotado de plena competencia legitimadora. Que quede patente a través del nombre su designio y que este no sea el monopolio del varón. Que la mujer instituya la vida en valor al trascenderla por su propia opción libre: no es preciso para ello que se contraste en el duelo asesino. Simone de Beauvoir en El segundo sexo le puso subtexto de género a la dialéctica del amo y el esclavo. Ello no fue desacierto. Sí lo fue, por el contrario, asumir el prejuicio patriarcal de que la vida se legitima en el combate. La vida, tanto la propia como la que se da, se legitima por las opciones libres. Dar vida, entre humanos, no puede ser sino un proyecto humano, pues es de vida humana de lo que se trata. Proyectar conscientemente es lo específicamente humano, concebir los hijos concebidos. La mujer no es un útero al servicio de la genealogía masculina, ni incondicionalmente disponible para el patriarcado. Ser nacidos de mujer sin serlo de voluntad de mujer es grave para los miembros de una especie que se quiere realmente humanizada. Hay que decir, una vez más, con Françoise d’Eaubonne: o feminismo o barbarie.
Pero ¿y los derechos del nasciturus? Nos encontramos aquí con que lo que es candidato a ser sujeto de derechos, si se da el supuesto de que llegue a ser sujeto –suppositum–,4 se pretende que es ya sujeto de derechos. Pero, al no ser todavía sujeto, tendríamos que buscar, si es que no se trata de un derecho sin sujeto, un sujeto para ese sujeto que no es todavía sujeto y así sucesivamente. ¿Quién soportaría en última instancia ese derecho? ¿La vida? Pues los antiabortistas se denominan pro vida. Pero ¿qué vida?, ¿la vegetativa? Porque a la vida humana le falta justamente su suppositum. La ciudadanía se define como un derecho a ser sujeto de derechos. Pero si el sujeto no está previamente constituido, mal puede fundamentar él mismo ser sujeto de derechos. Habría un derecho de la vida a la vida, pero ¿de qué vida a qué vida? ¿De la vida vegetativa a la vida humana? Habría aquí un salto lógico no justificado. Es curioso que la derecha haya abogado por los derechos de las abstracciones: durante el franquismo se oía decir aquello de que “el error no tiene derechos”. Un sacerdote lúcido, el padre Espasa, solía replicar: “Ni la verdad tampoco. Solo tienen derechos las personas”.5 Y añadiríamos: a ser posible nacidas o prefigurando ya con claridad su capacidad para la existencia separada. Tienen derecho a la vida las personas que tienen vida pero, para tenerla, requieren el concurso consciente y libre de quien da la vida humana. El derecho a ser sujeto de derechos es sin duda el primer derecho. Pero para ello necesitamos la configuración de la candidatura a tener derecho a ser sujeto de derechos. ¿Quién soportaría esta candidatura, quién sería el subiectum? Podríamos entrar en una regresión al infinito. Denunciar una tautología: el derecho a la posibilidad de presentar candidatura a tener derecho a ser sujeto de derechos da derecho a la posibilidad de constituirse en candidatura a tener derecho a ser sujeto de derechos. En cuyo caso, si se atenta contra esta posibilidad, se comete un “posibilicidio”, sit venia verbo. En última instancia, los derechos de la posibilidad parecen ser aquí los prioritarios. ¡Nunca la potencia aristotélica se vio tan potenciada! En la interpretación tomista del aristotelismo, los privilegios del estatus ontológico los tuvo siempre el acto sobre la potencia. Se ha dicho con razón que en la discusión acerca de qué fue primero, si el huevo o la gallina, para la ideología aristotélico-tomista sin duda la gallina fue siempre lo primero. Pero ¡claro! la gallina es la gallina y la mujer, la mujer…
Se les otorga voz a los fetos (¿quién habla por el feto?), que no la tienen, para quitársela precisamente a quienes es claro y meridiano que la tienen, en una inversión de todos los rangos axiológicos. Las mujeres sí son, a no dudar, sujetos de derecho a su vida, a una vida a la que ellas dan sentido y razones. Ellas deben ser las intérpretes de su propia situación en última instancia, aunque sea deseable que la contrasten con la de otros. Pero ni más ni menos de lo que los humanos solemos hacerlo para tomar decisiones importantes en nuestras vidas. Es significativo constatar que la idea de “el varón razonable” como sujeto capaz de un adecuado juicio normativo no tiene correspondencia con la de “la mujer razonable”. Por ejemplo, se afirma que por consentimiento de la mujer a la relación sexual debe entenderse lo que “un varón razonable” interpretaría como tal. Sin embargo, la figura de “la mujer razonable” no se contempla en los debates ni en las legislaciones referentes a la interrupción voluntaria del embarazo. No se la considera sujeto autónomo, capaz de autonormarse racionalmente y de proyectar sustantivamente su propia vida.
Como decía el filósofo analítico Ludwig Wittgenstein, habría que pedirles a los “pro vida” una coherencia lingüística y que aplicaran los mismos criterios de uso en todos los casos análogos a aquellos en los que incurren en despropósitos semánticos, en los que envían al lenguaje “de vacaciones”. Les proponemos que reformen el uso del lenguaje en su totalidad en consonancia con su maniobra semántica consistente en llamar “niño” al feto por ser un niño in fieri: que a todo lo que está en proceso de ser algo lo denominen con el nombre que le corresponde cuando el proceso está acabado. Así, que llamen licenciados a los alumnos de primer curso, gallinas o tortillas a los huevos, mariposas a las crisálidas, diputados a los candidatos a diputado. Que se refieran a la zona de reciente repoblación forestal como bosque frondoso, a la bellota la llamen roble, y así sucesivamente… Y sigue pendiente la pregunta de Simone de Beauvoir: ¿por qué la Iglesia no ha bautizado a los fetos?
AMORÓS, Celia (1985), Hacia una crítica de la razón patriarcal, Barcelona, Anthropos.
– (2001), Diáspora y apocalipsis, Valencia, Alfons el Magnànim.
LUENGO LÓPEZ, Jordi (2009), La otra cara de la bohemia. Entre la subversión y la resignificación identitaria, Castelló de la Plana, Universitat Jaume I.
PALACIO LIS, Irene (2003), Mujeres ignorantes: madres culpables. Adoctrinamiento y divulgación materno-infantil en la primera mitad del siglo XX, Universitat de Valencia.
VEGGETTI-FINZI, Silvia (1988), “Practiche e sapere di donne”, Reti, marzo-abril.
1. O de Sol, según las variantes de los relatos míticos.
2. “Hemos de recordar que las Primeras Jornadas Eugénicas Españolas celebradas en Madrid, en 1933, facilitaron la proyección de este nuevo concepto entre los diferentes estratos de la sociedad, divulgándose junto con las normas para impedir los embarazos no deseados. Años antes, al modificarse el artículo 43 de la Constitución de 1936, el catedrático de Derecho Mariano Ruiz Funes ya había situado «la maternidad consciente» en el marco de la protección del Estado a la maternidad y a la infancia”. Con todo, “el aborto no se legalizaría hasta diciembre de 1936, cuando la Generalitat de Cataluña, a través de la reforma eugénica emprendida por el médico anarquista Félix Martí lbáñez, entonces director general de Sanidad y Asistencia Social de la Generalitat […] y respaldada por la ministra cenetista Federica Montseny, decidiera autorizar dicha práctica” (Luengo López, 2009: 667 ss.).
3. Véanse las informaciones que aparecen en El País, “Sociedad”, Madrid, 5 y 6 de noviembre de 2010.
4. La persona como suppositum, para Duns Escoto, es el compuesto actualizado por una forma dinámica, y es ese dinamismo lo que le otorga capacidad de subsistencia o existencia separada.
5. Y son las personas los únicos sujetos de derechos capaces de definir lo que es la verdad y lo que es el error.
Mucho se ha escrito sobre el tema que aborda este libro; no obstante, no ha sido lo suficiente como para que se superen ciertos enconos, se dejen de lado inconducentes banalizaciones, falsas conjeturas, ideas y analogías que dan sustento a posicionamientos erróneos que dañan y vulneran un reconocimiento de la igual dignidad de las personas para decidir libre y soberanamente sobre sí mismas. Para poner de manifiesto esto, Aborto: aspectos normativos, jurídicos y discursivos avanza críticamente en relación con los planteos tradicionales descubriendo ideas y voces que no solo nos permiten hacer un análisis crítico de la historia del aborto en general y de algunas microhistorias sino que también resultan útiles para revisar el estudio de normativas y justificaciones estatales contrarias a esa práctica.
Las sociedades democráticas y pluralistas solo pueden avanzar más allá de las diferencias profundas que las comprenden a través de un diálogo serio y constructivo entre quienes piensan distinto. Para que las distancias existentes entre concepciones opuestas no introduzcan una grieta en la estabilidad política, es preciso que la discusión pública sobre el aborto no esté reducida a eslóganes ni a peligrosas simplificaciones. La reunión de estos trabajos ha sido emprendida bajo la convicción de que la forma en la que una sociedad se enfrenta con sus discrepancias más hondas determina la fuerza o la debilidad que tiene para comprender y valorar cuáles son las condiciones políticas en las que subsiste su pluralidad. Las nuevas miradas y perspectivas que se presentan en este libro están dadas en ese sentido.
Busdygan, Daniel
Aborto: aspectos normativos, jurídicos y discursivos / Daniel Busdygan; coordinación general de Daniel Busdygan. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Biblos, 2018
Libro digital, EPUB
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ISBN 978-987-691-662-2
1. Aborto. 2. Despenalización del aborto. I. Busdygan, Daniel, coord. II. Título
CDD 304.667
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Daniel Busdygan
No hay nada más devastador que una vida sin libertad.
Laurence Tribe, El aborto.
Guerra de absolutos
Se ha escrito mucho sobre el problema del aborto. Desde diferentes tipos de discursos –médico, religioso, filosófico, bioético, político y jurídico, entre otros– se han venido desplegando múltiples miradas, posicionamientos y exigencias sobre el tema. Tematizado en distintas perspectivas y desde diferentes campos del saber, su discusión se continúa profundizando entre enfrentamientos, exigencias y reclamos de igualdad y libertad. Ahora bien, es verdad que mucho se ha escrito sobre la materia; no obstante, parece que no ha sido ni tanto ni lo suficiente como para que se superen ciertos enconos, se dejen de lado inconducentes banalizaciones, falsas conjeturas, ideas y analogías que dan sustento a posicionamientos erróneos que dañan y vulneran el reconocimiento de la igual dignidad de las mujeres para decidir libre y soberanamente sobre sí mismas.
El conflicto que plantea el aborto usualmente ha sido simplificado, a veces por demás, como un irreductible enfrentamiento entre el derecho a la vida –en gestación– y el derecho de las mujeres a ser libres de decidir sobre sí mismas. Pero, ciertamente, la discusión sobre el tema posee un sinfín de matices sobre los que se debe recabar si se quiere avanzar en una revisión seria y profunda en la que las posiciones no se polaricen al grado de caricaturizarse. En este sentido, los análisis críticos aportados por las ciencias sociales y las humanidades han sido fundamentales para un desarrollo conceptual en el que se tracen distinciones, clasificaciones y genealogías que nos permitan aproximarnos a una mejor comprensión del problema, cómo y cuánto puede avanzarse, qué genera los apasionados enfrentamientos que se suscitan en derredor del aborto y cuáles son los grados de razonabilidad que detentan las exigencias y los reclamos provenientes de los distintos sectores. Desde esta perspectiva y en esa lenta y discreta tarea del mundo académico se inscriben las investigaciones, las reflexiones y los pensamientos que se desarrollan en este libro. En cada uno de sus capítulos se busca señalar y remover inequidades e injusticias que parecen haber quedado selladas en el tiempo de las sociedades democráticas en las que el aborto está penalizado. De ahí que el principal propósito que está detrás de las múltiples miradas que componen esta obra es contribuir mínimamente en esa literatura crítica que se ha venido sumando con relación al tema en busca de plasmar transformaciones profundas en la sociedad democrática y en las disposiciones de la ciudadanía.
Separado en dos grandes partes, a saber, “Revisiones de los aspectos normativos y jurídicos del derecho al aborto” y “Discursos y voces sobre el aborto”, a través de los distintos capítulos este libro entrecruza la reflexión filosófica, sociológica, jurídica y de las ciencias de la comunicación. Dentro de cada parte, aborda, recorre y entrelaza tres grandes tópicos: los aspectos normativos con relación al aborto, las formas de discursos y planteos ante el tema, y las imágenes y narrativas que se abren en la esfera pública en torno a él. Los trabajos recorren una amplia variedad de problemas abordados desde distintos marcos teóricos en los que aparecen análisis críticos de la historia en general y de las microhistorias, normativas y justificaciones estatales, ideas y voces que se abren a propósito del tema del aborto.
Una sociedad plural solo puede avanzar más allá de las diferencias profundas que la comprenden a través de un diálogo serio y constructivo en el que se consume la libertad de conciencias y la igualdad plena de las mujeres en tanto ciudadanas. La reunión de estos trabajos ha sido emprendida bajo la convicción de que la forma en la que una sociedad política y plural se enfrenta con sus discrepancias profundas determina la fuerza o la debilidad que tiene para comprender y valorar cuáles son las condiciones políticas en las que subsiste su pluralidad. Para que las distancias existentes entre concepciones opuestas no introduzcan un problema en la estabilidad política de una sociedad democrática y plural, es preciso que la discusión que decida políticas públicas sobre el aborto se dé en el ámbito público de una razón política propia de la ciudadanía. Las nuevas miradas y perspectivas que se presentan en este libro están dadas en ese sentido.
En el capítulo inicial María Luisa Femenías nos propone reflexionar sobre el modo en el que el tema ha ido atravesando diferentes épocas, contextos, discursos y espacios de tratamiento. “Brevísima mirada histórica para un debate por hacer” muestra cómo, hasta muy avanzada la modernidad, las representaciones del problema del aborto ausentaron de sus planteos algún enfoque que pusiera en consideración directa el tipo de ciudadanía que se les confiere a las mujeres. Es a partir de esa constante ausencia y negación desde donde se nos invita a trazar un análisis crítico de cómo las mujeres han sido concebidas. La filósofa nos estimula a visibilizar aquello que fue invisibilizado. El análisis de la concepción del sujeto y las características que le son propiamente intrínsecas constituye uno de los ejes principales del texto. Desde allí puede visualizarse, en una mirada panorámica que va desde la antigüedad hasta el siglo XX, cómo se ha privado a las mujeres de todas o de alguna de las características centrales de la condición de sujeto. Su revisión, que va desde Aristóteles a la Ilustración pasando por el Medioevo, nos permite observar el modo en el que se ha desplazado a la mujer qua sujeto y ciudadana dejándola “ausente” de aquellas discusiones en las cuales su cuerpo y su vida eran el asunto cardinal. El capítulo permite hacernos una imagen acabada del modo en el que la racionalidad patriarcal, una forma específica del ejercicio del poder, se ha desplegado en este tema-problema en particular a lo largo de la historia. En la actualidad, la negación de un reconocimiento de las mujeres como sujetos plenos y equivalentes a los varones se sostiene en la intervención del Estado y la penalización de la práctica. Contra ello, Femenías pone en valor la concepción del sujeto-agente no solo como aquel que es capaz de efectivizar prácticas de disenso y resistencia sino también, y sobre todo, como aquel que puede conseguir una transformación. Desde su perspectiva, el sujeto-agente busca y traza formas de encuentro que desactivan y desarticulan las formas en las que se despliega la razón patriarcal en el campo social; promueve la libertad sin recurrir a ninguna forma de tutelaje.
En el capítulo “De «vasijas vacías» a «vientres de alquiler»: la usurpación de la capacidad reproductora de las mujeres”, Ana de Miguel Álvarez nos invita a una reflexión sobre cómo el patriarcado ha dominado el poder de reproducción quitándole su dimensión de potencia, de lo que puede ser o no ser. Para la filósofa, la capacidad reproductora de las mujeres ha sido históricamente apropiada y enmarcada en una racionalidad patriarcal entendida como una forma específica de sustanciar un poder en las relaciones entre las personas, y desde el cual se ha intervenido, convertido y trastocado radicalmente el modo de concebir esa capacidad. Una capacidad constituye una potencia que quien la posee debería decidir actualizar (o no), pero, cuando se la concibe como destino, deja de ser tal. Paradójicamente, la visión patriarcal ha conseguido armonizar el discurso de la excelencia de la mujer como madre con el discurso de la inferioridad física de las mujeres. En este capítulo, el reclamado derecho al aborto equivale entonces al reconocimiento de la capacidad reproductora sin dominación y, a la vez, al alejamiento de aquellas concepciones que toman al cuerpo de la mujer entendido como una mera “vasija vacía” u “objeto sexual”. Dado que la biología dejó de ser destino hace mucho, Ana de Miguel Álvarez sostiene que cuando terceros cuestionan el derecho de las mujeres a decidir sobre su capacidad reproductora, cuestionan el estatuto de persona de la mujer. El capítulo permite unir el tema de los orígenes donde los hombres se hacen padres negando o relativizando el peso de las mujeres en la gestación legítima con el tema de la apertura y la regulación estatal de un mercado de vientres de alquiler. Esa relación que se propone entre la prohibición del aborto y el mercado de vientres no solo es original sino que además permite ver cómo se solidifica una peligrosa idea-fuerza en la que las mujeres pueden terminar siendo desvalorizadas al estatus de meros receptáculos, vasijas u hornos donde se cuecen a fuego lento embriones, fetos e hijos que ya no les pertenecen. Según la autora, debe atenderse todo un entramado simbólico del patriarcado que actúa tal como lo hace la tinta del calamar; detrás de esas tramas se oculta la impotencia, la necesidad y el deseo de los hombres de ser padres.
El siguiente capítulo, “Entre aporías y distopías”, propone un análisis crítico de la señalada naturaleza aporética del problema del aborto. En ese trabajo, a mi cargo, se propone abrir una nueva mirada con relación al planteo que subraya o caracteriza que el problema ético-político del aborto carece de salidas (aporía). Para ello, indagaremos dos formas de posicionarse ante tal condición: una pasiva y otra transformadora. Seguidamente, veremos cómo uno de esos posicionamientos posibles se vincula con la construcción de un tipo de democracia comprometida con el diálogo y el pluralismo. A partir de allí se muestra la necesidad de involucrarnos en el hecho de ampliar políticamente los horizontes discursivos y de comprensión entre los sectores encontrados. En lo esencial, tal compromiso enfatiza el punto de que quienes deben decidir políticamente leyes sobre el aborto se deben unos a otros razones públicas, razones de la ciudadanía que sean accesibles entre sí. Nos detendremos a presentar de qué modo es esperable que se suscite la construcción política de políticas públicas en relación con el aborto en tanto problema político. Desde esa perspectiva el capítulo propone dos razones públicas que pueden operar como premisas a partir de las cuales se avance en un diálogo complejo. Hacia el final, introducimos un experimento mental en el que se presentan dos escenarios distópicos que nos ayudan a señalar el modo en el que no deberían introducirse creencias que puedan dañar la dignidad de las personas. Asimismo, también nos permiten mostrar la inconsistencia que tiene la penalización del aborto con los principios del sistema democrático como lo son la igualdad y la libertad de las mujeres en tanto ciudadanas.
A continuación, Itzel Mayans y Moisés Vaca avanzan en el estudio crítico de los argumentos que aparecen en el espacio público en contra de la despenalización del aborto. La controversia filosófica sobre el aborto ha estado mayormente centrada en indagar si el feto posee estatus moral y si ese estatus puede o no entrar en conflicto con la libertad de las mujeres para decidir sobre sus propios cuerpos. Sin embargo, existen al menos dos tipos de argumentos recientes en contra del aborto que son independientes de la posición que se tome sobre tal estatus. Tales argumentos son, por un lado, los que refieren al daño social y, por otro, los de corte paternalista. En “Nuevos argumentos en contra del aborto” se avanza en tres cuestiones: primero, se detalla la forma que asumen esos nuevos argumentos; segundo, se muestra cómo aquellas formas argumentativas están teniendo una influencia cada vez más extendida tanto en los debates jurídicos como en las justificaciones de política pública sobre la regulación del aborto alrededor del mundo, y, por último, el capítulo muestra las razones por las que estos nuevos argumentos no son correctos.
Seguidamente, el capítulo a cargo de Ángela Sierra González nos propone una detallada revisión crítica de las transformaciones jurídicas y políticas españolas en materia de aborto. En este marco, su imperdible recorrido nos permite mostrar cómo los derechos de las mujeres se hallaron vinculados a consensos normativos logrados en equilibrios inestables. Situándose en distintos momentos en los que se ha dado el debate en España, nos presenta cuáles han sido las concepciones que se dieron acerca del rol específico de las mujeres en distintos escenarios. La profundidad de su recorrido por los distintos aparatos normativos y jurisdiccionales muestra claramente el acaecimiento de transiciones morales y simbólicas que se reflejan en la prohibición o negación del derecho al aborto. “Los conflictos de derecho en las leyes españolas de interrupción voluntaria del embarazo” nos permite ver el modo en el que se relaciona el significado cultural del aborto con las demandas de diferentes sectores de la sociedad, la religión, el derecho y las formas del Estado. La problematización se encuentra principalmente contextualizada en la observación de las propuestas de gobiernos prefascistas, fascistas y posfascistas. Sobre la base de las ideas expuestas, el capítulo introduce la distinción entre derecho objetivo y subjetivo al momento de investigar qué tipo de derecho es el del aborto en cada uno de los escenarios sociopolíticos. La filósofa Ángela Sierra González sostiene que el retroceso del derecho objetivo respecto del subjetivo en las leyes de aborto puede verse como uno de los aspectos más significativos de la evolución de este en la última década.
Dentro de este orden de análisis normativo, Julieta Arosteguy observa que en el trascurso del tiempo hubo una innegable y progresiva modificación del ordenamiento jurídico a nivel nacional e internacional con relación a la mujer y sin embargo se dejó sin tocar por muchos años la redacción de un Código Penal en el que existe una norma que no solo es discriminatoria sino que a la vez cristaliza roles y mandatos de género incompatibles jurídicamente con el plexo normativo vigente. La permanencia y la indiferencia de un Código sin modificaciones, casi centenario, abren la pregunta por la constitucionalidad de una norma extemporánea. “Constitución y aborto: notas sobre la inconstitucionalidad de la penalización” nos propone responder esa pregunta a través de un interesante y detallado recorrido por un conjunto de hitos históricos con relación a la ley y el modo como han sido concebidas las mujeres en su condición de ciudadanas. Hechos como el derecho al voto, la consecución de derechos laborales compatibles con el ejercicio de la maternidad, el divorcio o la patria potestad compartida, entre otros, nos hablan de un contexto social y jurídico muy diferente al de 1921, año en el que fue redactado el Código. Las motivaciones que históricamente fueron empleadas para penalizar al aborto no solo han quedado descontextualizadas sino que además son inconstitucionales. En búsqueda de un reconocimiento pleno de la igualdad jurídica de las mujeres, los argumentos propuestos exponen con fuerza y claridad las inconsistencias existentes entre nuestro presente y aquel pasado, ya muy distinto, cuyas normas llegan hasta nuestros días.
En la segunda parte del libro, “Discursos y voces sobre el aborto”, las autoras nos invitan a una interesante y necesaria reflexión sobre cuáles han sido algunos de los ejes por los que ha transitado la discusión poniendo en el centro de la escena la experiencia y la voz de las mujeres.
En tal sentido, Laura Klein nos invita a poner atención en cómo se han transformado ciertos planteos del problema del aborto para, seguidamente, recuperar las voces de las mujeres como un espacio cardinal. El capítulo “Aborto, derechos humanos y estrategias de subjetivación” nos propone avanzar a partir del interrogante que indaga cuán representadas están las experiencias de las mujeres en las discusiones sobre el aborto. Para la autora, ha habido un giro cientista y jurídico en el discurso que discute el aborto. Esa forma de poner en palabras al problema se ha hegemonizado como la única manera de debatirlo, y es la que ha sido tan transitada y ahondada por quienes sostienen ideas contrarias al asunto. Si los planteos de la cuestión se revisaban como el encuentro de ideologías y morales contrarias, luego se pasó a un discurso compartido entre los derechos humanos y la ciencia. Unos y otros han abierto significados y lenguajes homogéneos que se consolidaron como hegemonía y establecen las claves para abordar y discutir el problema. Para aquellos que defienden la despenalización, el aborto pasó a ser un derecho sexual y reproductivo antes que una obligada separación entre sexualidad y reproducción; para los que están en contra de la legalización, ya no es más un pecado sino el debido respeto que debe tenerse por el derecho a la vida durante la gestación de un ser con un ADN único e irrepetible. Según Klein, esa lógica discursiva se ha constituido como un modo de subjetivación que ha gestado un “empobrecimiento simbólico” de la discusión, pues el debate se halla lejano a las experiencias de los abortos. De tal forma, el lenguaje de la discusión desde el discurso dominante ya no se relaciona con la ontología en la que está inmersa el pesar de la mujer, el cual ha caído, al decir de Suely Rolnik, en una “alarmante hipertrofia” producto de “la rufianización del trabajo intelectual”. En este registro, la filósofa introduce como acontecimiento el espacio que ha generado la agrupación colectiva feminista Socorristas en Red al momento de buscar hacernos comprender una realidad más acabada que soporte bien la singularidad, la diversidad y la disonancia de la práctica. La narrativa se introduce en el planteo para volver a pensar en una dimensión distinta. La filósofa reposiciona los textos que se acercan en profundidad a los contextos. De ahí que la voz de la mujer está de nuevo en el centro de la escena para poner nuevos encuadres a la cuestión.
En una perspectiva similar, la filósofa Mabel Campagnoli nos insta a reflexionar sobre la necesidad de activar una reapropiación de los relatos sobre el aborto. En “El aborto más allá de la despenalización” se avanza en una profunda reflexión sobre la práctica en tanto acontecimiento que no es captado por los relatos del orden médico, jurídico o religioso. Anteponiendo la voz de las mujeres y avanzando hacia un planteo que escape a los procesos de sustantivación de la vida, la autora sostiene la necesidad de disputarles la autoridad y la legitimidad narrativa a aquellos órdenes. Con el objetivo de ahondar en las voces de las mujeres y en el acontecimiento del aborto, observa las prácticas feministas y expone de qué maneras se generan desde allí ciertos desplazamientos respecto de las estrategias sustantivadoras de la vida. De tal forma, se ve que esas prácticas han generado una interrupción en el espacio social dicotomizado entre clandestinidad y legalidad, al momento que han abierto una alternativa alegal que propicia la participación de las mujeres en el biopoder. La colectivización de tales prácticas produce un impacto en la producción de sentidos, en la construcción de relatos “propios” y, en consecuencia, en el ejercicio de libertades como resistencias al biopoder aun cuando la despenalización pudiera lograrse. La filósofa sostiene que esos desplazamientos son producciones de resistencias desde los feminismos al dispositivo de la sexualidad y que en sus prácticas contribuyen no solo a una genealogía feminista sino que además y, en ese mismo sentido, a un biopoder positivo. En este marco, Campagnoli subraya que ese biopoder le retacea a la política la posibilidad de tomar la vida como un objeto.
A continuación, Nayla Vacarezza introduce en nuestro recorrido un análisis de los aspectos discursivos que están en la disputa sobre el aborto. Allí, se centra en el campo de experimentación estético-política de quienes luchan a favor del derecho al aborto para mostrar la importancia de algunos objetos relacionados a la práctica y cómo sus representaciones se han jugado a favor de una denuncia, demanda y lucha política a propósito del derecho. “Perejil, agujas y pastillas. Objetos y afectos en la producción visual a favor de la legalización del aborto en la Argentina” muestra cómo esos tres objetos corrientes mencionados en el título tienen un rol protagónico al momento de llamar a la acción política por la legalización. Esos objetos relacionados al aborto atraviesan las tradicionales divisiones entre público y privado y se colocan en el campo de la discusión política. La autora avanza en un interesante análisis que permite mostrar cómo objetos cotidianos denuncian públicamente el sufrimiento que causa el aborto inseguro. La socióloga analiza ciertas producciones culturales como repositorios de emociones sostenidos por la actividad colectiva que ofrecen modos alternativos de conocimiento e intervención política. Su análisis avanza sobre los repertorios afectivos y cómo pueden comenzar a resquebrajarse ciertas formas de percibir e interpretar al aborto como una práctica asociada al terror y al asco. En su trabajo se observa que el campo de experimentación estético-política de quienes luchan a favor del derecho al aborto no está demasiado estructurado, y ello puede verse como una virtud en tanto que allí se hallan múltiples líneas de experiencia, renovación de las estrategias argumentativas, producción de conocimiento, además de agitación política. Contrariamente, aquellos que se oponen al derecho al aborto poseen un discurso visual con unos pocos significantes fijos y repetitivos –un feto vulnerable como personaje central, una mujer perversa y el aborto como un acto repugnante y terrorífico– que se organizan de modo simple y estructurado para recabar afectos. El uso del misoprostol y las redes feministas de información y acompañamiento han generado una verdadera disrupción a tal punto que se ha empezado a explorar el vínculo entre el aborto y afectos positivos como el orgullo, la determinación o el cuidado mutuo.