Josef Bergt
Derecho bancario y del mercado financiero
Liechtenstein
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© 2019 Josef Bergt
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Producción y publicación: BoD - Books on Demand GmbH, Norderstedt
ISBN: 978-3-7519-1309-6
1ª edición Mayo 2020 (Traducción automática al español)
"La imaginación nos llevará a menudo a mundos que nunca fueron.
Pero sin ella no vamos a ninguna parte".1
1 Carl Sagan (1934 - 1996), astrónomo, cosmólogo, astrofísico, astrobiólogo, presentador de televisión, escritor de no ficción, escritor.
"No hay culpa más apremiante que la de dar las gracias"2
Por lo tanto, mi primer agradecimiento va a mis supervisores, compañeros de estudios, colegas y personal, que me han guiado repetidamente hacia nuevos caminos temáticos científicamente fructíferos con consejos enriquecedores y contribuciones a los debates de los últimos años.
También quiero aprovechar esta oportunidad para agradecer a mis diligentes y pacientes correctores de pruebas y a todas las personas que no fueron mencionadas explícitamente aquí.
Mis padres, hermanos y hermanas y mis colegas ocupan una posición destacada en todos los aspectos. Mi agradecimiento especial para ellos.
Gams / Vaduz / Ranggen, en noviembre de 2019
Joseph Bergt
P.D.: Pero miro el presente trabajo con cierto orgullo y espero, por un lado, no cansarme nunca del debate científico y, por otro lado, pido o invito a todos a que falsifiquen o verifiquen empíricamente las tesis representadas en este trabajo; sólo así se puede lograr una validación en el sentido del método científico y espero con interés cualquier otro discurso científico.
2 Aunque esta cita se atribuye en parte al orador y estadista romano Marco Tulio Cicerón (106 - 43 a.C.), es probable que sea de origen desconocido debido a la falta de referencias comprensibles.
Se señala que en el presente documento se utiliza el masculino genérico por razones de legibilidad. Sin embargo, el uso de la forma masculina de una palabra siempre incluye la forma femenina.
Además, en el presente tratado el uso del Eszett (después de la fuente Fraktur - "sz"; "ß") se abandona completamente y se sustituye por una "doble s". Sin embargo, las citas no se ven afectadas por ello, ya que se debe evitar cualquier tipo de falsificación.
En la medida en que la aplicación ya ha tenido lugar en las respectivas jurisdicciones, se utiliza el Identificador de Jurisprudencia Europea (ECLI) para citar las decisiones de los tribunales. Análogamente, el derecho secundario del derecho de la Unión se cita utilizando el identificador de la legislación europea (ELI).
Además, cabe señalar que, en lo que respecta a la citación, se siguen predominantemente las normas de abreviatura y citación (AZR), 8ª edición, Viena, 2019, de Peter Dax y Gerhard Hopf.
Además, cabe señalar que los datos temporales sin mayor especificación, como en el caso de la adverbia temporal (por ejemplo, actual/actual/actualmente se está tratando de modificar una determinada esfera del derecho), se refieren, en caso de duda, a la fecha de publicación del documento científico en cuestión.
Por último, cabe señalar que la información de las autoridades jurídicas sin ninguna información adicional sobre el país se refiere, en caso de duda, a las leyes de Liechtenstein, a menos que una asignación ya esté clara, como es el caso del KWG alemán o el OR suizo. Si se cita el ABGB, se entiende el ABGB de Liechtenstein; la base austríaca de la prescripción se cita como ÖABGB, a menos que el contexto indique qué ley se entiende.
Además, cabe señalar que este documento se divide en dos títulos. Esto se debe a que los trabajos individuales se presentaron a la Universidad de Liechtenstein como tesis de maestría en el marco de la Maestría en Derecho de Sociedades, Fundaciones y Fideicomisos ("La ficha como derechos de valor"), así como en la Maestría en Banca y Finanzas ("Ofertas de fichas y centros de comercio descentralizados"). Las referencias (información sobre los capítulos, números marginales, notas de pie de página) deben considerarse en general de manera independiente y se refieren a la obra respectiva (el título respectivo), a menos que se indique una referencia general. El presente trabajo es una reimpresión de las tesis de maestría presentadas a la Universidad de Liechtenstein.
En esta segunda edición ligeramente revisada de mi trabajo, se han hecho pequeñas concreciones del contenido, así como se han corregido varios errores ortográficos. La esencia de la obra permanece inalterada y se sigue escribiendo desde el punto de vista de noviembre/diciembre de 2019. Las formulaciones que se refieren a las leyes "de lege lata" se refieren a la situación a finales de 2019, pero los cambios introducidos por la Ley de la Cadena de Bloques de Liechtenstein (TVTG), que ha entrado en vigor desde entonces, se han tenido en cuenta en esta labor de todos modos (con la nota "de lege ferenda").
Sin duda, será necesario seguir debatiendo y actualizando en el futuro. Dado que la presente obra debe entenderse como parte de una (futura) serie sobre el derecho bancario y del mercado financiero de Liechtenstein, se invita cordialmente a otros autores a ponerse en contacto conmigo y, de ser necesario, a escribir contribuciones (invitadas) sobre el tema en cuestión, a aportar sus ideas de alguna otra manera, o a prestar asistencia en las traducciones a otros idiomas a fin de llevar a cabo esta audaz empresa a largo plazo y hacer que la obra sea accesible a un amplio público al mismo tiempo.
Quisiera aprovechar esta oportunidad para agradecer a mi colega Wolfgang Fürnschuss y al bufete de abogados Advocatur Seeger, Frick & Partner AG, Schaan, que defendieron con éxito las reclamaciones ilegítimas de propiedad intelectual de mi antiguo empleador sobre esta obra ante los tribunales de Liechtenstein (procedimiento de seguridad jurídicamente vinculante el 04 CG.2019.409 de 12.05.2020), lo que contribuyó de manera significativa a que mi obra pueda volver a publicarse.
"La censura es la menor de dos vergonzosas hermanas, la mayor se llama Inquisición. “3
"Un censor es un lápiz o un hombre-lápiz; una línea hecha carne sobre los productos del espíritu, un cocodrilo que yace en las orillas de la corriente de ideas y muerde las cabezas de los poetas que nadan en ella.4
¡El conocimiento es libre! ¡El lápiz hecho carne y el hombre hecho lápiz o los cocodrilos acechando la corriente de ideas fueron asesinados por la espada de la Justicia!
Gams, mayo de 2020
Josef Bergt
PD: Este trabajo también ha sido publicado en otros idiomas. Las traducciones del original, que estaba escrito en alemán, se hicieron utilizando métodos de aprendizaje profundo o de aprendizaje automático basados en redes neuronales artificiales (inteligencia artificial). Aunque las traducciones no son perfectas, transmiten las ideas y mensajes relevantes. Sin la inteligencia artificial una traducción no habría sido posible en tan poco tiempo.
ISBN of the German version: 978-3-7504-2737-2
ISBN of the English version: 978-3-7519-3796-2
3 Johann Nepomuk Nestroy, Freedom in Crow's Nest I, siglo XIV.
4 Destruir, libertad en nido de cuervo, piezas 26/I, 26 f.
aA | opinión discrepante |
ibid. | en el lugar declarado/especificado |
OJ C | Diario Oficial de la Unión Europea (avisos y anuncios) |
OJ L | Diario Oficial de la Unión Europea (legislación) |
TFEU | Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea |
aF | versión antigua |
AIFMD | Directiva de Gestores de Fondos de Inversión Alternativa 2011/61/UE |
Nota | Nota |
API | Interfaz de programación de aplicaciones |
ATS | sistema comercial alternativo |
BankG | Ley de Banca (Liechtenstein) |
BTC | Bitcoin |
BuA | Informe y solicitud del Gobierno al Parlamento del Principado de Liechtenstein |
BWG | Ley de Banca (Austria) |
CCP | Contraparte central (cámara de compensación) |
CFD | contrato por diferencia |
CRD | Directiva sobre requisitos de capital (CRD IV, 2013/36/UE; CRD III, 2006/48/EC) |
CRR | Reglamento sobre requisitos de capital EU/575/2013 |
CSDR | Reglamento sobre depósitos centrales de valores EU/909/2014 |
DAO | Organización autónoma descentralizada |
Reglamento Del | Reglamento delegado |
DEX | intercambio descentralizado |
DGSD | Directiva sobre sistemas de garantía de depósitos 2014/49/UE |
DLT | Tecnología Ledger distribuida |
DVO | Reglamento de aplicación |
DvP | entrega contra pago |
EAG | Ley de protección de los depósitos y de indemnización de los inversores (Liechtenstein) |
EBA | Autoridad Bancaria Europea |
por ejemplo | ejemplo gratuito |
EGG | Ley sobre el dinero electrónico (Liechtenstein) |
ELI | Identificador de la legislación europea |
EMD / Directiva de dinero electrónico | Directiva sobre el dinero electrónico / Directiva sobre el dinero electrónico (Directiva sobre el dinero electrónico II, 2009/110/CE; Directiva sobre el dinero electrónico I, 2000/46/CE) |
EMIR | Reglamento sobre la infraestructura del mercado europeo EU/648/2012 |
ESMA | Autoridad Europea de Valores y Mercados |
etc... | etcétera perge, perge |
ETH | Éter |
BCE | Banco Central Europeo |
FAGG | Ley sobre la distancia y el comercio exterior (Liechtenstein) |
FCA | Autoridad de Conducta Financiera (Reino Unido) |
FernFinG | Ley de servicios financieros a distancia (Liechtenstein) |
ff / et seqq | Continuando / et sequentes |
FINMA | Autoridad Suiza de Supervisión de los Mercados Financieros (CH) |
BaFin | Instituto Federal de |
Supervisión de servicios financieros | |
FMA | Autoridad del mercado financiero (Liechtenstein o Austria) |
FMAG | Ley de supervisión de los mercados financieros (Liechtenstein; enmendada por la BuA 2019/93 y la LGBl 2019.303) |
FN | Nota al pie de página |
GewG | Ley de comercio (Liechtenstein; enmendada por la BuA 2019/93 y LGBl 2019.305) |
GRC | Carta de Derechos Fundamentales |
GW-RL | Directiva sobre el blanqueo de capitales (5ª Directiva sobre el blanqueo de capitales, 2018/843; 4ª Directiva sobre el blanqueo de capitales, 2015/849) |
Ibídem / ibídem | Ibidem / ibidem |
IDD | Directiva de distribución de seguros EU/2016/97 |
Idem / ders | el mismo |
idF | en la versión |
idS | en ese sentido |
es decir, | id est |
iSd | a los efectos de |
ITS | Aplicación de normas técnicas |
IUG | Ley de empresas de inversión (Liechtenstein) |
iVm | junto con |
JCD (EEA) | Decisión del Comité Mixto (Decisión del Comité Mixto del EEE) |
Cláusula Directiva | Cláusula Directiva 93/13/CEE |
KMG | Ley del mercado de capitales (Austria) |
KSchG | Ley de protección del consumidor (Liechtenstein) |
KWG | Ley de Banca (Alemania) |
pierna cit | legis citatae |
LES | Colección de decisiones de Liechtenstein |
LGBl | Boletín de Derecho Nacional (Liechtenstein) |
LJZ | Diario de los abogados de Liechtenstein |
MAD | Directiva sobre el abuso del mercado 2014/57/UE |
MAR / MMVO | Reglamento sobre el abuso del mercado EU/596/2014 |
MiFID | Directiva sobre los mercados de instrumentos financieros (MiFID II, 2014/65/UE; MiFID I, 2004/39/EG) |
MiFIR | Reglamento de los mercados de instrumentos financieros EU/600/2014 |
MTF | El Mecanismo de Comercio Multilateral |
mwN | con pruebas adicionales |
NCA / NSA | Autoridad nacional competente / Autoridad nacional de supervisión |
nF | versión revisada |
NFC | Contraparte no financiera |
O | Código de Obligaciones (CH) |
OSI | Modelo de interconexión de sistemas abiertos |
OTC | En el mostrador (fuera de la bolsa) |
OTF | El Servicio de Comercio Organizado |
PERG | El manual de orientación del perímetro |
PGR | Ley sobre personas y empresas (Liechtenstein; (enmendada por la BuA 2019/93 y LGBl 2019.304) |
PoS/PoW | prueba de trabajo / prueba de admisión |
Reglamento del folleto | Reglamento sobre el prospecto EU/2017/1129 |
PSD | Directiva sobre servicios de pago (PSD II, EU/2015/2366; PSD I, 2007/64/EC) |
RTS | Normas técnicas de reglamentación |
Rz | Número de margen/número de margen |
s | ver |
sa | ver también |
SI | Internalizador sistemático |
sl | sine loco (sin lugar) |
Solvencia II | Directiva Solvencia II 2009/138/CE |
SPG | Ley de diligencia debida (Liechtenstein; (enmendada BuA 2019/93 y LGBl 2019.302) |
SPV / SSPV | Securitización de Vehículos con Fines Especiales Vehículos con Fines Especiales |
SR | Derecho de propiedad (Liechtenstein) |
SSI | Identidad Autosoberana |
REGLAMENTO SSM | Reglamento del Mecanismo Único de Supervisión EU/1024/2013 |
Puente | Derecho fiscal (Liechtenstein) |
StGH | Tribunal de Justicia del Estado (Liechtenstein) |
STSR | Regulación simple, transparente y estandarizada o regulación de la securitización o regulación de la securitización o regulación de la securitización EEU/2017/2402 |
TVTG | Ley sobre Tokens y Proveedores de Servicios de Tecnología de Confianza (Liechtenstein; enmendada por BuA 2019/93 y LGBl 2019.301, a menos que se indique lo contrario) |
y cosas por el estilo | y cosas por el estilo |
UCITSD | Directiva sobre organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios 2014/91/UE |
USDT | La correa del dólar americano |
UVS | Senado Administrativo Independiente (Austria) |
VersAG | Ley de supervisión de seguros (Liechtenstein) |
VersVertG | Ley de distribución de seguros (Liechtenstein) |
VnB | Informe de la consulta (Liechtenstein) |
VRRL | Directiva de Derechos del Consumidor 2011/83/UE |
WAG | Ley de supervisión de valores (Austria) |
ZDG | Ley de servicios de pago (Liechtenstein) |
Dado que las presentes tesis tratan en particular de la legislación de Liechtenstein, esta labor debería introducirse con la siguiente cita sobre el "país criptográfico" de Liechtenstein: "En el pasado, la banca de transacciones, y especialmente el campo de la fintech, ha cobrado más importancia para el mercado de Liechtenstein.5
En esta parte I - "Fichas como títulos de anotación en cuenta" - en contraste con la parte II - "Ofertas de fichas y centros de comercio descentralizados" - se centrará la atención en la clasificación del derecho civil y las normas de transferencia de las monedas y fichas criptográficas en virtud de la legislación de Liechtenstein. El objetivo de la primera parte es examinar si las fichas pueden tratarse de manera análoga a los valores o, en general, como valores desmaterializados -es decir, valores con anotaciones en cuenta- o si, al menos, pueden diseñarse como tales. A este respecto, se debe investigar la posibilidad de representar derechos - en bienes y en la persona6.
Se trata de investigar la representación de los derechos en fichas tanto de lege lata, en el momento de la publicación de esta obra y por lo tanto antes de la entrada en vigor de la TVTG, como7de lege ferenda, después de la aplicación y entrada en vigor de la TVTG con el 01.01.2020. En ausencia de un elemento de la fisicalidad8 de las fichas, parece inapropiado hablar de la securitización de los derechos, como es el caso de los títulos.9 Más bien, el concepto de derechos de propiedad o derechos de valor parece ser más apropiado. Se examinará cómo trata la PGR,10 antes de la modificación de las disposiciones de la ley de valores civiles en la sección final de la PGR, a dichos valores desmaterializados o desmaterializados en el contexto de la aplicación de la TVTG y cómo trata las circunstancias que prevén dichos valores desmaterializados en el modelo de negocio; no obstante, también se examinarán las disposiciones positivas de lege ferenda que la propia TVTG, y en particular la modificación de la sección final de la PGR, conlleva a este respecto.
Por consiguiente, también es necesario distinguir el concepto de derecho civil de los valores mobiliarios del concepto de valores o instrumentos financieros transferibles en virtud de la legislación de supervisión. A este respecto, es necesario examinar no sólo si las fichas pueden representar títulos de anotaciones en cuenta, sino también si las fichas pueden representar 11instrumentos financieros mantenidos en la cuenta de giro, es decir, instrumentos financieros mantenidos en los libros. En este contexto, la representación de los valores de anotación en cuenta mediante fichas, la representación de los instrumentos financieros mediante una ficha y las inversiones colectivas en relación con las fichas se examinarán con más detalle en la parte II de esta tesis.
Posteriormente, se tratarán los aspectos de derecho de sociedades de los fondos en relación con una sociedad de inversión en contraposición a una sociedad anónima en12 forma de asociación segmentada13que emite 14acciones de segmentos, también en contraposición a los denominados vehículos de titulización con fines especiales.15
La pregunta concreta de investigación del presente estudio es, por lo tanto: ¿Pueden las fichas representar valores desmaterializados - es decir, valores de anotaciones en cuenta - según el derecho de Liechtenstein y qué diferencias surgen en la evaluación antes y después de la entrada en vigor de la TVTG? La pregunta de la investigación es: ¿Pueden las fichas representar no sólo los títulos de anotaciones en cuenta de derecho civil desde la perspectiva del derecho de supervisión, sino también los instrumentos financieros que se mantienen en el giro de valores, y cómo se relacionan las nuevas posibilidades técnicas con las instituciones clásicamente reguladas, como las estructuras de fondos?
Si bien la labor del Título I. se centra en el derecho de Liechtenstein, especialmente para la cuestión de la subinvestigación, además de las disposiciones nacionales deben consultarse los actos jurídicos europeos relativos a la reglamentación de los fondos.
Antes de examinar a fondo el contenido de los temas mencionados, a continuación se presenta un panorama general de la tecnología de las cadenas de bloques, los contratos inteligentes, las fichas y las monedas. Cabe señalar que los aspectos técnicos se presentan en forma simplificada a fin de proporcionar una visión general de las tecnologías mencionadas y hacer comprensible la argumentación jurídica al abordar las cuestiones jurídicas que se plantean en relación con los aspectos técnicos de esas tecnologías. Además, cabe señalar que la expresión "cadena de bloques" o "tecnología de la cadena de bloques" se utiliza en el presente documento como pars pro toto para las denominadas tecnologías de libro mayor distribuido y tecnologías conexas cuya aplicación más destacada es la tecnología de la cadena de bloques.
Una cadena de bloques es un diseño técnico de tecnología de libro mayor distribuido y se caracteriza por ser un registro público y descentralizado o un sistema de almacenamiento de datos que registra permanentemente los datos de las transacciones. El público significa que16 cada transacción en una cadena de bloques que ha sido almacenada puede ser vista públicamente.17 La permanencia resulta del valor de dispersión criptográfica o funciones de hash (una función de valor de dispersión que es resistente a las colisiones, lo que significa que no es posible encontrar diferentes valores de entrada que resulten en el mismo valor de hash), en las que se basa la tecnología, que garantizan que el historial de las transacciones no puede ser corrompido o comprometido con la tecnología convencional de hoy en día y es esta estabilidad o redundancia técnica estrechamente relacionada con la descentralización. La descentralización significa que no hay una instancia central responsable de la base de datos. En cambio, un gran número de "nodos" (participantes en la red) de una red entre pares (red descentralizada; organización autónoma descentralizada) sincronizan18 constantemente los datos de las transacciones. Si se pierde un nodo de la red, esto no pone en peligro la estabilidad o la funcionalidad de la propia red.19
Las redes de torrentes también están descentralizadas. Estos se diferencian de la cadena de bloques en que los estados no se transfieren una sola vez (prevención del doble gasto en la cadena de bloques), sino que el contenido puede multiplicarse, por ejemplo, en relación con los protocolos de intercambio de archivos.
Una transacción en una cadena de bloques muestra en su forma más básica la fuente, el destino o los destinos y un valor específico20a transferir. El origen y el destino también se conocen como direcciones en una cadena de bloques21, en la que cada uno es libre de crear nuevas direcciones. Si se crea una dirección o una clave pública de ese tipo, se genera automáticamente una cadena de caracteres alfanuméricos única adicional que se asigna a la clave pública (la "clave privada"22). Por regla general, sólo se asigna una clave privada a cada clave pública, aunque también existen los denominados "procedimientos multisigno" ("multifirma") en los que se asignan varias claves privadas a una clave pública y también se requieren varias claves privadas para realizar una transacción.23
Además del almacenamiento permanente de los datos de las transacciones, una cadena de bloques garantiza que cada solicitud de transacción se verifique y confirme con el contenido de una instrucción para transferir un valor de una dirección a otra. Las solicitudes de transacción confirmadas se almacenan entonces en la cadena de bloques, generando así la cadena de nombres y datos simbólicos de una cadena de bloques. Cada bloque de una cadena de bloques tiene una función de valor hash o de dispersión (algoritmo o función matemática), que se genera a partir del registro de datos precedente, ya verificado, y24 crea así una jerarquía de datos. Este proceso, conocido como "minería" o "acuñación", amplía continuamente el historial de transacciones.25
La confirmación de las transacciones no tiene lugar caso por caso, sino que varias transacciones se confirman en bloque al mismo tiempo y se almacenan en un nuevo bloque de la cadena de bloques. En promedio, se crea un bloque en la cadena de bloques del Etereo aproximadamente cada 13 segundos en el momento de escribir este papel.26 Además de las funciones básicas enumeradas anteriormente, las cadenas de bloques como Ethereum también permiten la ejecución de programas o aplicaciones descentralizadas (aplicaciones descentralizadas; dapps; Smart Contracts). Los contratos inteligentes ejecutan ciertas tareas de acuerdo con su código de programación y suelen basarse en declaraciones del tipo "si luego no" (si se produce la condición A, se ejecuta la acción B, de lo contrario se ejecuta la C).27 El término "contrato inteligente" fue acuñado por Szabo en 1994: "Un contrato inteligente es un protocolo de transacción computarizado que ejecuta los términos de un contrato. Los objetivos generales del diseño de contratos inteligentes son satisfacer las condiciones contractuales comunes (como las condiciones de pago, los embargos, la confidencialidad e incluso la ejecución), reducir al mínimo las excepciones tanto maliciosas como accidentales y reducir al mínimo la necesidad de intermediarios de confianza. Entre los objetivos económicos conexos figuran la reducción de las pérdidas por fraude, los costos de arbitraje y ejecución y otros costos de transacción. Algunas tecnologías que existen hoy en día pueden considerarse como contratos inteligentes brutos, por ejemplo las terminales y tarjetas de puntos de venta, el EDI y la asignación agórica del ancho de banda de la red pública.28
En su manifiesto sobre los contratos inteligentes, Szabo indica que las consideraciones a este respecto se remontan aún más atrás, a saber, a la llamada informática agórica29, que tiene sus orígenes en los decenios de 1970 y 1980.30
En el TVTG, enmendado por la BuA 2019/54, se define la ficha como una información en una base de datos descentralizada (sistema VT, que garantiza la eliminación segura de las fichas), que puede representar derechos y a la que se asignan identificadores o identificadores VT.31 Según esta dicción jurídica, se podría concluir que las fichas son información sobre una base de datos descentralizada que representa derechos, mientras que una moneda es un subtipo de ficha que no representa derechos y es necesaria para el buen funcionamiento de una cadena de bloques (ficha de protocolo o moneda de protocolo) y cuyo valor se mide por la oferta y la demanda en el mercado, por lo que no representa un objeto sin valor intrínseco aunque se acepte como medio de cambio y, por lo tanto, no debe tratarse 32como dinero fiduciario sino como moneda virtual. Desde el punto de vista técnico, es en cualquier caso al revés y una moneda representa la unidad nativa de una cadena de bloques, mientras que las fichas utilizan el mismo estándar técnico que la moneda nativa.33
Pero incluso la redacción de la ley sólo indica que hay fichas que representan derechos así como fichas que no representan derechos (arg "una información que puede representar derechos".34) Técnicamente hablando, un token es un software35 y como tal forma parte de una medida de seguridad de autenticación de dos factores que se utiliza para autorizar el uso de servicios basados en software.36 No se puede deducir de los materiales legales, ni se puede suponer, que las monedas son un subtipo de fichas y no representan derechos. También es concebible que una ficha de protocolo o ficha nativa, con la que se pueden realizar transacciones en una cadena de bloques, represente la propiedad de bienes como los metales preciosos.37 Sería esencial que el derecho real sobre esa mercancía estuviera representado en la ficha y que la persona autorizada para disponer de38 la ficha tuviera también pleno derecho sobre el objeto específicamente representado. Como consecuencia del pleno derecho de propiedad del objeto representado, la persona autorizada a disponer de dicha ficha también tiene derecho a reclamar la restitución de este objeto. A fin de crear efectivamente dinero de productos básicos o un patrón oro, el objeto al que el derecho de propiedad está representado en la ficha tendría que mantenerse en custodia regular (depositum regulare). El custodio se encargaría de la custodia del objeto para el propietario por orden de éste (persona con derecho a disponer de la ficha) en calidad de tercero propietario (agente de la propiedad).39
Una persona con derecho a disponer de dicha ficha, que representa el derecho de propiedad de un bien, también podría, a su discreción, actuar como propietario del objeto cuyo derecho se representa (efecto erga-omnes de los derechos reales frente al efecto inter partes entre las partes del contrato). Cuando la persona con derecho a disponer de la ficha por medio de la cadena de bloques transfiere la ficha, la propiedad del objeto especificado se transfiere al mismo tiempo (en el caso concreto, mediante una orden de posesión al custodio, que en adelante será propietario indirecto del objeto para la nueva persona con derecho a disponer de la ficha). Dado que existe40 una reivindicación real del objeto sobre el que se representa el derecho de propiedad en la ficha, ésta también puede ser exigida o indexada en cualquier momento por la persona autorizada para disponer de la ficha.41
Cabe señalar que un depositario debe devolver los mismos artículos que42se han puesto bajo custodia de conformidad con las disposiciones del acuerdo de depositario.43 Incluso si un custodio sólo tiene que devolver artículos del mismo tipo y calidad44, la custodia regular puede ser necesaria. Lo que importa es lo que se estipula con respecto a la propiedad. Si el custodio se convierte en propietario, hay una custodia irregular (depositum irregularum); si el depositante sigue siendo el propietario, hay una custodia regular. Por lo tanto, el factor decisivo para la custodia regular es que el depositante siga siendo el propietario.45 La mezcla o el intercambio por parte del depositario de objetos con otros del mismo tipo y calidad y del mismo tamaño no afecta a un acuerdo de custodia regular condicional, siempre que el depositario no tenga derecho a disponer del objeto en su propio beneficio y que, por lo tanto, pueda hacer un apoderado en cualquier momento.46
Así, en el caso de un acuerdo de custodia correspondiente, la persona con derecho a disponer de una ficha, que representa el derecho de propiedad de un objeto, debe considerarse como el propietario de un objeto - por ejemplo, un objeto puesto en custodia mediante una orden de posesión. No sólo existe una reclamación en virtud del derecho de las obligaciones, siempre que el custodio no tenga derecho a disponer a su favor del objeto depositado y el depositante siga teniendo la intención de seguir siendo propietario. Esto es a veces esencial para excluir la existencia de un instrumento financiero simbólico, ya que no existe una estandarización al respecto47, sino un derecho de propiedad individualizado. En48 consecuencia, incluso suponiendo que dicha ficha represente un papel tradicional (desmaterializado), debe negarse49 la equivalencia funcional a los instrumentos financieros, ya que no hay acciones intercambiables.50 No obstante, mediante un acuerdo entre las partes, es posible convenir que un custodio pueda efectuar un pago que descargue la deuda a la parte con derecho a disponer de una ficha si expide bienes del mismo tipo y calidad y en la misma medida, lo que no altera la existencia de la custodia regular. Por lo tanto, en efecto, la normalización podría tener lugar a nivel del acuerdo de custodia mediante un acuerdo correspondiente, sin que ello constituya un instrumento financiero.
Una cadena de bloques es una base de datos descentralizada, pública y permanente. Dependiendo del diseño de los derechos de lectura y escritura, puede ser utilizado para diferentes propósitos. Los protocolos Bitcoin y Ethereum son cadenas de bloques "públicas" y "abiertas". En este contexto, "público" significa que, a diferencia de las cadenas de bloques "privadas", todo el mundo tiene permisos de escritura, mientras que una cadena de bloques "abierta" se basa en permisos de lectura pública, en contraposición a las cadenas de bloques "cerradas".
Desde un punto de vista puramente técnico, un testigo puede considerarse como un registro de datos o un programa informático que está sujeto a una medida de seguridad de autenticación de dos factores y puede utilizarse posteriormente para autorizar servicios basados en programas informáticos. Con esa autenticación multifactorial, sólo se concede acceso a un usuario de un programa informático si se prueban suficientes pruebas o factores de autenticación. Esos factores se basan en los elementos conocimiento, posesión y herencia, que también se encuentran en relación con la autenticación fuerte del cliente según la DSP II.
Las monedas o - en la dicción de la TVTG - ficha se utilizan regularmente en una cadena de bloques separada. A diferencia de esas monedas, las fichas no se generan en la minería, sino que se emiten en una cadena de bloques existente, por ejemplo en el curso de una recaudación de fondos. Esta terminología se utiliza ampliamente, especialmente en la esfera técnica, pero no tiene repercusiones especiales en las evaluaciones jurídicas y, por consiguiente, los términos monedas y fichas pueden utilizarse como sinónimos en la medida de lo posible.
Aunque las monedas en el sentido anterior no tienen necesariamente que representar derechos, no deben considerarse como dinero fiduciario (es decir, no sólo papel moneda, sino también dinero contable y dinero electrónico), ya que éstas tienen un valor intrínseco en el sentido de monedas virtuales en relación con la creación de consenso en una cadena de bloques, o pueden tener otras funciones inherentes al protocolo descentralizado.
Las cadenas de bloques utilizan regularmente los llamados Smart Contracts, que pueden ser contratos en el sentido legal, pero que son principalmente guiones permanentes y se basan en la Computación Agórica.
Las fichas no representan nada en el sentido de la ley de propiedad de Liechtenstein debido a la falta de fisicalidad. Sólo con la entrada en vigor de la TVTG, el 01.01.2020, las disposiciones del derecho de propiedad serán aplicables a las fichas por analogía. Independientemente de esto, se aplica el principio de "Sustancia sobre Forma" y hay que mirar a través de lo que representa una ficha. Si, por ejemplo, un custodio guarda un objeto en custodia para una persona con derecho a disponer de una ficha de conformidad con el depositum regulare, dicha ficha representa efectivamente el derecho de propiedad del objeto puesto en custodia.
5 Frick/Vogt en Barnes (Hrsg), Revisión de Regulación Bancaria, S 318.
6 Véase a este respecto la supuesta tríada de derechos de propiedad de la ley de daños y perjuicios en § 1293 ABGB, que define el daño como una desventaja para la propiedad, los derechos o la persona. Sin embargo, los derechos a la propiedad y a la persona ya se basan en todos los derechos concebibles, véase Reischauer en Rummel, ABGB, 3ª edición, § 1293 ABGB, Rz 1.
7 Informe y moción 2019/54 (o BuA 2019/93) del Gobierno al Parlamento del Principado de Liechtenstein sobre la creación de una ley sobre fichas y proveedores de servicios de televisión (Ley sobre fichas y proveedores de servicios de televisión; TVTG) y la modificación de otras leyes; en la práctica, la TVTG también suele denominarse "Ley de cadenas de bloques", véase Nägele/Bergt, Cryptocurrencies and blockchain technology in Liechtenstein supervisory law, Regulatory grey area? LJZ 2/18, pág. 63 (64); Nägele/Xander, Ofertas de fichas, en particular Ofertas de Monedas Iniciales (OIC) y Ofertas de Fichas de Seguridad (OST), así como fichas en la ley de Liechtenstein: Entorno normativo y perspectivas, Rz 18.53 en Piska/Völkel (ed.), Blockchain Rules; en su informe de consulta sobre la creación de una ley sobre sistemas de transacción basados en tecnologías fiables (Ley de cadenas de bloques; Ley VT; VTG) y la enmienda de otras leyes, que fue aprobada por el Gobierno el 28 de agosto de 2018, el Gobierno también se refirió a la VTG, que era objeto de consultas en ese momento, como la "Ley de cadenas de bloques".
8 BuA 2019/54, pág. 62; el derecho de propiedad no define el concepto de propiedad, sino que se refiere a la propiedad de terrenos y vehículos en el art. 20 SR junto con el art. 34 y el art. 171 SR - véase Arnet en CHK - Handkommentar zum Schweizer Privatrecht, art. 641 ZGB, N 6; ídem, N 10: "Sólo los objetos materiales con una extensión espacial pueden tener calidad material. Los derechos y las energías no son cosas, pero en algunos casos se tratan como cosas" - según esto, las fichas, como representaciones digitales de datos almacenados electrónicamente o magnéticamente y, por tanto, en última instancia como energía electromagnética, no son cosas según este estrecho concepto del derecho de propiedad. Sin embargo, como software, los tokens pueden representar contenidos o mercancías digitales, véase el Título II. Capítulo II.2.2.2, FN 395.
9 No se puede establecer el título de la reclamación. Sin embargo, si tal reclamación se documenta en una escritura, los derechos reales pueden ordenarse en esta escritura, que tiene una fisicalidad en forma de papel, Arnet in CHK - Handkommentar zum Schweizer Privatrecht, Art 641 ZGB, N 10; el concepto de derecho de propiedad de Liechtenstein fue recibido por Suiza y se basa, de manera similar al BGB alemán (§ 90 BGB), en objetos impersonales, físicos y espacialmente delimitados que pueden ser objeto de control humano. El ABGB austríaco, por el contrario, que se basa en el derecho natural, es mucho más amplio y distingue entre objetos físicos e incorpóreos (§ 285 en relación con § 292 öABGB), Opilio, Arbeitskommentar zum liechtensteinischen Sachenrecht, Tomo I, Art 20 SR, Rz 7 (p 32). En el derecho penal austriaco, la energía fue originalmente tratada como una cosa por medio de una interpretación auténtica. Más tarde este enfoque fue rechazado de nuevo y el concepto de materia se restringió de nuevo a las cosas físicas, Wach en Triffterer/Rosbaud/Hinterhofer (Hrsg), Comentario de Salzburgo sobre el StGB, § 132 StGB, Rz 1 (S 1) mwN. Aunque la energía eléctrica en Austria se trata como algo físico de acuerdo con la doctrina de derecho civil imperante, sigue siendo polémico si el software es algo físico o sólo si está almacenado en un soporte de datos físico. Sin embargo, los datos pueden representar cosas inmateriales, Hofmann en Schwimann/Kodek, ABGB Praxiskommentar, § 292 ABGB, Rz 3 y 5 (p 15 f). Este amplio concepto del derecho de propiedad en el ABGB austriaco es sólo de naturaleza programática y no se aplica de manera consistente. Así también la adquisición de buena fe (§ 367 öABGB) sólo es viable en las cosas físicas, Kodek en Schwimann/Neumayr (Hrsg), ABGB Taschenkommentar, § 285 ABGB, Rz 3 (p. 448).
10 LGBl No. 2019.118.
11 No debe confundirse con los valores transferibles de acuerdo con los artículos 392 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, que constituyen una garantía financiera.
12 AGmvK según el artículo 361 del PGR (sociedad anónima de capital variable como contrapartida de la SICAV - Société d'Investissement à Capital Variable que prevalece en Luxemburgo; no debe confundirse con la contrapartida de nombre similar SICAF - Société d'Investissement à Capital Fixe).
13 Compañía de Células Protegidas (PCC) nach Art 243 PGR.
14 Véase BuA 2014/69, pág. 49 (art. 243e párr. 5 PGR).
15 También llamado Vehículo de Propósito Especial (SPV).
16 No todas las cadenas de bloques son públicas en sí mismas. Se hace una distinción entre "permitido" o "privado" y "no permitido" o "sin permiso" o "cadenas de bloqueo público". "Público" y "privado" se refieren al "permiso de escritura", mientras que "abierto" y "cerrado" se refieren al "permiso de lectura". Bitcoin y Ethereum son por lo tanto cadenas de bloqueo "públicas" y "abiertas" - cualquiera tiene acceso de lectura y escritura a ellas. Por otra parte, una cadena de bloques cerrados públicos podría utilizarse para ejercer el derecho de voto anónimo. Si se requiere la transparencia de ciertas entidades, tiene sentido una cadena de bloqueo abierta privada. Una cadena privada de bloques cerrados sería lo más adecuado para las autoridades públicas. Un posible caso de uso para una cadena de bloques sin permiso o pública es, por ejemplo, la implementación de la llamada Identidad Autosoberana (SSI) como suplemento y octavo nivel del Modelo de Interconexión de Sistemas Abiertos (OSI), que representa el modelo de referencia para los protocolos de red (Capa Física, Capa de Enlace de Datos, Capa de Red, Capa de Transporte, Capa de Sesión, Capa de Presentación y Capa de Aplicación). Esto puede desempeñar un papel esencial, especialmente en relación con la portabilidad de los datos verificados (identificación, verificación de la edad, etc.).
17 Permiso de lectura; el permiso de escritura - como por ejemplo transmitiendo un estado por medio de una transacción de fichas - suele ser también accesible al público, pero supone un esfuerzo, por lo que se cobran tasas de transacción por un permiso de escritura. En el protocolo del Etereo, los gastos de transacción se realizan en forma de gas. El gas es el Wei (subunidad de éter) necesario para ejecutar las líneas de código.
18 También llamada "difusión de los estados".
19 Para más información, véase Büch, Die Blockchain und das Recht, LJZ 2/18, pág. 55 (pág. 55 f); véase también Nägele/Xander, Token Offerings, en particular Initial Coin Offerings (ICO) y Security Token Offerings (STO), así como Token in Liechtenstein Law: Regulatory Environment and Outlook, margen Nº 18.4 en Piska/Völkel (Hrsg), Blockchain Rules; cf. también el prospecto de Hydrominer IT-Services GmbH del 26.11.2018, pp. 87 y 125 f, https://www.hydrominer.org/wp-content/uploads/2018/11/Hydrominer-H3O-Prospectus_2018-11-26_approved.pdf, consultado el 04.08.2019, 00:58.
20 "Fuente, objetivo y valor.
21 Una cadena de caracteres alfanuméricos generada según reglas matemáticas (la dirección o "clave pública"; también denominada clave pública en el Art. 5 Párr. 1 No. 2 de la VTG en la versión del informe de consulta -o posteriormente modificada al identificador de la VTG de tecnología neutra en el Art. 2 Párr. 1 lite TVTG, modificado por la Gaceta Federal 2019/54) Un identificador VT permite la asignación única de fichas y sirve así de identificador (BuA 2019/54, pág. 145). Según los Duden, se entiende por "identificador" un "rasgo característico, signo o conjunto de rasgos característicos, signo de identificación inequívoca de algo", véase la definición en los Duden, https://www.duden.de/rechtschreibung/Kennung, consultada el 04.08.2019, 00:46.
22 Con el cifrado asimétrico o de clave pública, no es necesario que las partes que se comunican conozcan una clave secreta común, ya que cada usuario genera un par de claves independientes. La clave pública puede utilizarse para cifrar los datos, que a su vez pueden descifrarse con la correspondiente clave privada.
23 También se denomina "transacción m-de-n", ya que se asignan N claves privadas a una clave pública y se requieren al menos M claves privadas para una transferencia de fichas desde esta dirección (por ejemplo, 2 de 3; comparable a la estructura de los derechos de suscripción en el derecho de sociedades); véase el prospecto de Hydrominer IT-Services GmbH de 26.11.2018, p 87 y 125 f, https://www.hydrominer.org/wp-content/uploads/2018/11/Hydrominer-H3O-Prospectus_2018-11-26_approved.pdf
24 En el caso de Bitcoin, se implementó un mecanismo de prueba de trabajo (PoW) proporcionando potencia de cálculo (prueba de trabajo mediante la resolución de una tarea matemática). Entre otras cosas, el llamado Sistema de Prueba de Estaca (PoS) también se encuentra frecuentemente. El consenso en la red se forma mediante una prueba ponderada de participación (por ejemplo, la duración de la participación y el número de fichas celebradas). El tipo de mecanismo de consenso también depende en parte del tipo de cadena de bloques - véase FN 16.
25 Büch, Die Blockchain und das Recht, LJZ 2/18, p 55 (p 55 f); Prospecto de Hydrominer IT-Services GmbH de fecha 26.11.2018, p 87 y 125 f, https://www.hydrominer.org/wp-content/uploads/2018/11/Hydrominer-H3O-Prospectus_2018-11-26_approved.pdf Una transferencia de estados sólo es confirmada por la red si cumple con las reglas del protocolo (por ejemplo, debe asegurarse que el transferidor tiene realmente el número de fichas a transferir, además no se permite el doble gasto, etc.). Para una autorización adecuada, cada transacción debe ser firmada con la clave privada.
26 https://etherscan.io/chart/blocktime accedido el 19 de octubre de 2019, 13:20.
27 Prospecto de Hydrominer IT-Services GmbH de fecha 26.11.2018, pág. 126f, https://www.hydrominer.org/wp-content/uploads/2018/11/Hydrominer-H3O-Prospectus_2018-11-26_approved.pdfButerinhttps://twitter.com/VitalikButerin/status/1051160932699770882?ref_src=twsrc%5Etfw