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BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

 

JOSÉ FÉLIX TEZANOS

Y JAVIER GARCÍA FERNÁNDEZ (EDS.)

BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

MINERVA

 

Diseño de cubierta: Malpaso Holdings, S. L.

© Para la edición, José Félix Tezanos y Javier García Fernández, 2021

© Los autores, 2021

© Biblioteca Nueva, 2021

Colección Minerva. Monografías.

© Malpaso Holdings, S. L., 2021

C/ Diputació, 327, principal 1.ª

08009 Barcelona

www.malpasoycia.com

ISBN 978-84-18236-88-4

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ÍNDICE

CUBIERTA

BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

VIRTUDES Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

PRIMERA PARTE: BALANCE HISTÓRICO

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 EN PERSPECTIVA HISTÓRICA. VISIONES INTERNACIONALES

ESPAÑA EN DEMOCRACIA: LA VISIÓN DESDE ALEMANIA

1. VISIÓN ALEMANA DE ESPAÑA EN LOS AÑOS SETENTA DEL SIGLO XX

2. LA VISIÓN ALEMANA DE LA ESPAÑA DEMOCRATIZADA Y CONSOLIDADA

LA PRENSA FRANCESA ANTE LAS TRANSFORMACIONES DE ESPAÑA (1975-2019)

1. PESO DE LA HISTORIA Y PERMANENCIA DE LOS TÓPICOS (1975-1978)

2. DE LA CONSTITUCIÓN AL INGRESO EN LA CEE (1978-1986): CAMBIO DE IMAGEN

3. 1992, AÑO TRIUNFAL: EXPOSICIÓN DE SEVILLA, JUEGOS OLÍMPICOS, MADRID CAPITAL CULTURAL EUROPEA

4. UN PAÍS TRIUNFADOR… A PESAR DE TODO

5. LAS PERSPECTIVAS HOY

LA CONSTITUCIÓN DE ESPAÑA DE 1978 Y LAS CIENCIAS SOCIALES FRANCESAS

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 EN PERSPECTIVA HISTÓRICA. VISIONES DESDE ESPAÑA

SIGNIFICADO, IMPACTO Y BALANCE DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978 EN NUESTRA HISTORIA. UNA VISIÓN DESDE ESPAÑA

INTRODUCCIÓN

1. EL SISTEMA DEL 78

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

UNA REFORMA CONSTITUCIONAL FRUSTRADA: LA DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876

1. UN CONTINUO TEJER Y DESTEJER

2. LA CONSTITUCIÓN DE 1876

3. LA GRAN GUERRA Y LA REFORMA CONSTITUCIONAL

4. FRAGMENTACIÓN DEL PARLAMENTO Y GOBIERNOS QUE NO DURAN

5. EL DESENLACE

TRANSICIÓN Y CONSTITUCIÓN: SEIS PROPOSICIONES HISTORIOGRÁFICAS PARA EL DEBATE

1. PRIMERA PROPOSICIÓN

2. SEGUNDA PROPOSICIÓN

3. TERCERA PROPOSICIÓN

4. CUARTA PROPOSICIÓN

5. QUINTA PROPOSICIÓN

6. SEXTA PROPOSICIÓN

DOS MARCOS CONSTITUCIONALES. FRACASO RÁPIDO Y ÉXITO CONTROVERTIDO

REFERENCIAS

SEGUNDA PARTE: PERSPECTIVAS DE FUTURO

OPINIÓN PÚBLICA, TENDENCIAS POLÍTICAS Y DEMANDAS DE REFORMA CONSTITUCIONAL

OPINIÓN PÚBLICA Y REFORMA CONSTITUCIONAL

1. DICTADURA Y DEMOCRACIA

2. LA OPINIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA ANTE LA CONSTITUCIÓN DE 1978

3. TIPOS DE REFORMAS CONSTITUCIONALES

4. NUEVAS CUESTIONES DE DEBATE

5. OPINIÓN PÚBLICA Y LIDERAZGOS

6. TENDENCIAS NUCLEARES

LAS TRIBULACIONES DE UNA CONSTITUCIÓN RÍGIDA EN UNA SOCIEDAD FLEXIBLE

INTRODUCCIÓN

1. LA OPINIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA Y LA REFORMA CONSTITUCIONAL

2. LOS CONTENIDOS DE LA REFORMA

LA CONSTITUCIÓN EN LA ERA DE LA REVOLUCIÓN DE GÉNERO

1. DE LA ESPAÑA DE 1978 A LA DE 2018

1.1. Los cambios demográficos

1.2. Género y educación

1.3. El empleo

2. CUARENTA AÑOS DESPUÉS: LIMITACIONES, DESDE LA PERSPECTIVA DE LAS MUJERES, DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978

3. LIMITACIONES DE LAS PRÁCTICAS POLÍTICAS Y SOCIALES QUE ENTORPECEN LA APLICACIÓN REAL DE LOS MANDATOS CONSTITUCIONALES EN RELACIÓN CON EL FENÓMENO SOCIAL DEL GÉNERO

3.1. Cuidados

3.2. Confianza en sí misma

3.3. Cultura política

3.4. Club cerrado

EL CAMBIO CONSTITUCIONAL COMO HORIZONTE ASPIRACIONAL DE LAS GRANDES MAYORÍAS SOCIALES ESPAÑOLAS

1. EL CAMBIO CONSTITUCIONAL COMO ASPIRACIÓN

2. GRANDES ACUERDOS SOCIALES SOBRE EL CAMBIO CONSTITUCIONAL

3. ENTONCES, ¿DÓNDE ESTÁ EL PROBLEMA?

PERSPECTIVAS DE REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978 LA FORMACIÓN DE GOBIERNOS

LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN SOBRE LOS AFORAMIENTOS Y LA FORMACIÓN DE GOBIERNOS

1. LA REFORMA DE LOS AFORAMIENTOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 71 Y 102 DE LA CONSTITUCIÓN

2. ¿ES NECESARIA LA REFORMA DEL SISTEMA DE FORMACIÓN DEL GOBIERNO EN ESPAÑA?

EXPERIENCIAS COMPARADAS DE LA FORMACIÓN DE GOBIERNOS

1. EXPERIENCIAS CONSTITUCIONALES HISTÓRICAS

1.1. 1860, Perú

1.2. 1873, España

1.3. 1910, Portugal

1.4. 1919, Finlandia

1.5. 1919, Alemania

1.6. 1940, Cuba

2. EXPERIENCIAS CONSTITUCIONALES CONTEMPORÁNEAS

2.1. Estados Unidos

2.2. Gran Bretaña

2.3. Israel

2.4. Italia

CONCLUSIÓN

LA GOBERNABILIDAD EN ESPAÑA: EL CAMBIO DE CICLO TRAS LAS ELECCIONES GENERALES DE 2015

INTRODUCCIÓN

1. DE LA ESTABILIDAD A LA INESTABILIDAD PARLAMENTARIA

2. EL DEBILITAMIENTO DE LOS EFECTOS «IMPERFECTOS» DEL SISTEMA DE PARTIDOS

3. LAS TRANSFORMACIONES SURGIDAS EN EL PERÍODO 2015-2019

4. ¿QUÉ LECCIONES EXTRAER Y APLICAR EN EL FUTURO?

PROBLEMAS Y SOLUCIONES EN LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO

1. EL DESGOBIERNO

2. LAS REGLAS CONSTITUCIONALES

3. LA RESPONSABILIDAD DEL DESGOBIERNO

SINGULARIDADES EN LA FORMACIÓN DE GOBIERNOS AUTONÓMICOS: LA INCIDENCIA DEL PARLAMENTARISMO NEGATIVO

INTRODUCCIÓN

1. LAS SINGULARIDADES DE LOS MODELOS DE DESIGNACIÓN DEL PRESIDENTE EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

1.1. La regulación de la formación parlamentaria del Gobierno en las comunidades autónomas

1.2. La designación por elección del Presidente en las Comunidades Autónomas vasca y asturiana

2. EL MARCO CONCEPTUAL DEL MODELO DE ELECCIÓN DEL PRESIDENTE EN LA CONFIGURACIÓN DE LA FORMA DE GOBIERNO AUTONÓMICA: EL PARLAMENTARISMO NEGATIVO

CONCLUSIÓN

LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO

LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO. REFLEXIONES SOBRE LA EXPERIENCIA PASADA Y SOBRE SU POSIBLE REFORMA

INTRODUCCIÓN

1. LOS CONFLICTOS INICIALES

2. LOS PACTOS QUE CENTRARON EL MODELO TERRITORIAL EN EL SIGLO XX Y LA PÉRDIDA DEL ESPÍRITU PACTISTA EN EL SIGLO XXI

3. EL NUEVO SIGLO: EL FRACASO DE LOS PACTOS

4. COMPLEJIDAD TÉCNICO-JURÍDICA DEL TÍTULO OCTAVO DE LA CONSTITUCIÓN

5. EL ALCANCE Y LA SEDE DE LAS REFORMAS DE CONTENIDO AUTONÓMICO

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

Introducción

1. Los conflictos iniciales

2. Los pactos que centraron el modelo

3. La primera década del nuevo siglo: el fracaso de los pactos

4. Complejidad técnico-jurídica del título octavo de la Constitución

LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

INTRODUCCIÓN

1. EL DERECHO AUTONÓMICO EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

2. LA LEGITIMACIÓN ACTIVA Y SU DETERMINACIÓN POR LA LEY ORGÁNICA 2/1979, DE 3 DE OCTUBRE, DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

2.1. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto de la legitimación activa de las comunidades autónomas en relación con los recursos de inconstitucionalidad

2.2. La legitimación activa de los órganos colegiados colegiados ejecutivos para la interposición de los recursos de inconstitucionalidad frente sus propias asambleas parlamentarias

3. LA NECESARIA DELIMITACIÓN COMPETENCIAL ENTRE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y EL ESTADO. EL PROBLEMA DE LOS TÍTULOS COMPETENCIALES TRANSVERSALES

4. POSIBILIDADES DE RELACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

5. PROPUESTAS DE REFORMA CONSTITUCIONAL

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. LA REFORMA TERRITORIAL DEL ESTADO EN CLAVE EUROPEA

1. LOS CONDICIONANTES EUROPEOS DE LA REFORMA: PLANTEAMIENTO GENERAL

2. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN ESPAÑA Y EL RESTO DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA

2.1. La «doble cámara»

2.2. El referéndum

2.3. Las cláusulas de intangibilidad

3. LAS REFORMAS DE LA CONSTITUCIÓN DERIVADAS DE LA INTEGRACIÓN EN LA UE

3.1. «Repensar» sobre la configuración de los instrumentos de colaboración entre los órganos centrales y los órganos autonómicos y europeos

3.2. «Repensar» sobre la regulación del principio de subsidiariedad y la colaboración entre parlamentos

3.3. «Repensar» acerca del diálogo entre tribunales

3.4. «Repensar» en materia de derechos y obligaciones

3.5. «Repensar» acerca del significado jurídico y de la eficacia de los valores

RETORNO A LA CONSTITUCIONALIDAD

1

2

VALORES, DERECHOS Y LIBERTADES

REFLEXIONES SOBRE LA POSIBLE REFORMA DEL TÍTULO I DE LA CONSTITUCIÓN

1. INTRODUCCIÓN. ¿ES NECESARIA LA REFORMA CONSTITUCIONAL?

2. ÁMBITO DE LA REFORMA: ¿UNA REVISIÓN TOTAL O LA REFORMA DE ASPECTOS CONCRETOS?

3. EL ÁMBITO DE LA REFORMA: ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL TÍTULO I

3.1. Unificación de los actuales capítulos primero y segundo del título I

4. EL LENGUAJE INCLUSIVO

5. LA REFORMA DE LA IGUALDAD

ENCARNAR LOS VALORES DE UNA DEMOCRACIA LIBERAL-SOCIAL

1. HACE MÁS DE CUARENTA AÑOS

2. EL CAMBIO DE SIGLO

3. ¿QUÉ HACER?

4. UNA DEMOCRACIA LIBERAL Y SOCIAL

LA INDEPENDENCIA JUDICIAL COMO VALOR CONSTITUCIONAL

I

2

3

4

¿QUÉ HACEMOS CON LOS DERECHOS? A PROPÓSITO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

1. ALGUNOS PRESUPUESTOS

2. CUESTIONES POR REFORMULAR

2.1. Generales, de concepto y garantía

2.2. Derechos concretos

2.3. Personas y colectivos

3. NUEVAS TECNOLOGÍAS

4. DISCAPACIDAD

5. EPÍLOGO

TERCERA PARTE: BALANCE HISTÓRICO

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Y SUS PROTAGONISTAS: MIRANDO AL FUTURO

MIRANDO AL FUTURO

CONSTITUCIÓN Y GOBERNABILIDAD EN TIEMPOS DE FRAGMENTACIÓN POLÍTICA

1. ETAPA DE CAMBIOS

1.1. El alcance de la crisis

1.2. La fragmentación y sus consecuencias

1.3. Diagnósticos y salidas

2. LA CULTURA DEL PACTO

3. REFORMAS EN EL SISTEMA ELECTORAL

3.1. Sistema proporcional o sistema mayoritario

3.2. Prima de diputados para el partido ganador

3.3. Tamaño de las circunscripciones y umbral de acceso a la representación

3.4. Sistemas matemáticos de asignación de escaños

3.5. Voto de los españoles residentes en el exterior

3.6. Subcomisión parlamentaria para la reforma del sistema electoral

4. EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIDURA

4.1. Reglamento del Parlamento Vasco

4.2. Reglamento de la Junta General del Principado de Asturias

4.3. Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha

4.4. Propuesta de aplicación del procedimiento «automático» en el artículo 99 de la CE

4.5. Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y Reglamento de la Asamblea de Madrid

CONCLUSIONES

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 Y SUS PROTAGONISTAS. MIRANDO AL FUTURO

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 Y SUS PROTAGONISTAS. MIRANDO AL FUTURO

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Y SUS PROTAGONISTAS. MIRANDO AL FUTURO

BIBLIOGRAFÍA CITADA

UN NUEVO CONSENSO PARA OTROS CUARENTA AÑOS DE PROSPERIDAD Y ESTABILIDAD

 

INTRODUCCIÓN

 

PRESENTACIÓN

BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Este libro tiene su origen en las jornadas sobre Balance y Perspectivas de la Constitución Española de 1978, que tuvieron lugar en el Círculo de Bellas Artes de Madrid los días 13, 14, 15 y 16 de marzo de 2019. Las jornadas fueron promovidas por ocho importantes instituciones; algo poco frecuente en países como el nuestro, en el que pocas veces tantas instituciones, culturales y económicas de diverso signo se ponen de acuerdo en la realización de tal tipo de eventos.

En este caso las entidades que colaboraron fueron el Centro de Estudios Constitucionales, el Colegio de Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología, la Asociación Nacional de Parlamentarios Pensionados, el Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset, de la Fundación Ortega y Gasset-Gregorio Marañón, la CRUE (Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas), la ONCE, la Fundación Liberbank, la Fundación UNICAJA y la Fundación Sistema, que organizó el evento.

Cuando empezamos a preparar las jornadas, bastantes meses antes, todos entendimos que un tipo de debate de esta naturaleza era oportuno y necesario en la sociedad española. Especialmente en momentos y condiciones como las que se daban —y se dan— después de transcurridos cuarenta años de vida de la Constitución de 1978.

Durante el año del cuarenta aniversario de la Constitución de 1978, tuvieron lugar bastantes actos solemnes, algunos importantes, y muchas iniciativas de recordatorio. Pero a algunos nos parecía que habían faltado debates de mayor entidad con académicos y especialistas con distintas orientaciones, junto a políticos destacados de diferentes partidos, que desde el sosiego de unas jornadas académicas de varios días pudiéramos aportar y contrastar diversos matices y valoraciones sobre una Constitución que, contemplada con cierta perspectiva histórica, desde una óptica nacional e internacional, es evidente que ha aportado mucho al funcionamiento coherente y positivo de la sociedad española y al propio acervo del constitucionalismo internacional. De hecho, en aquellas jornadas contamos también con la presencia de prestigiosos historiadores, algunos venidos de universidades internacionales importantes, así como hispanistas reputados, que hicieron el esfuerzo de trasladarse a Madrid para acompañarnos durante los debates.

No sé si en España valoramos suficientemente lo que ha significado la Constitución del 1978 en la larga historia de nuestro país. Se trata de una conquista que ha dado lugar no solo a uno de los períodos más dilatados —y fructíferos— de estabilidad política y de progreso social y económico de la historia reciente de España, sino que también ha inaugurado un horizonte —muchos pensamos que irreversible— en el que ha sido posible poner de acuerdo a esas dos Españas, a esos dos grandes sectores de la sociedad española que tanto han pugnado entre sí, de manera casi irreconciliable, a lo largo de nuestra historia. Sectores que en aquella ocasión fueron —fuimos— capaces de entendernos para aprobar por consenso un texto constitucional que permitiera a la sociedad española y a la inmensa mayoría de los españoles no solo vivir en paz y con seguridad, sino obtener las mejores posibilidades de todos, como fruto de una convivencia pacífica y democrática en un país como el nuestro.

Se trata de una constitución que ha superado —estaba a punto de superar cuando esto se escribe— en duración a la de 1876, que prolongó su funcionalidad política hasta el golpe de Estado del general Primo de Rivera en 1923. Es decir, durante cuarenta y siete años. Sin duda un largo período de la historia de España.

Sin embargo, la Constitución de 1876 no incluyó en el texto que se aprobó en su día unas previsiones razonables y factibles de reforma que impidieran su envejecimiento y facilitaran su puesta al día.

Las constituciones, como casi todo en la vida, son instrumentos que cumplen un papel, y su valor está acotado históricamente. Se trata de instrumentos jurídicos que organizan la convivencia y que, por lo tanto, debido a su carácter histórico, tienen que cambiar y ser capaces de evolucionar a la par que evoluciona la sociedad.

No se trata de cambiar una constitución por otra continuamente y volver a repetir el curso de ciertos ciclos temporales confrontados como alternativas diferentes sucesivas —como ha pasado en la historia de España—, sino que lo que se precisa es que en cada momento pertinente —cuando así se considere necesario— se tenga capacidad para adaptarse a las nuevas realidades y a las demandas que vayan surgiendo al hilo de la cotidianidad social y de la propia evolución generacional.

En este sentido, hay que tener en cuenta que en estos momentos en España hay una amplia mayoría de población que no votó en el referéndum para la Constitución —prácticamente todos los que a principios de 2010 tenían menos de sesenta años—, siendo varias las generaciones que toda su vida han tenido la suerte de vivir en el régimen democrático pleno inaugurado por la Constitución de 1978, sin grandes crisis, inestabilidades ni rupturas. El hecho de que la gran mayoría de la población española en el momento actual se encuentre en esas condiciones es algo que debe ser especialmente considerado a la hora de valorar las demandas actuales de posibles reformas constitucionales.

Al cambio demográfico natural, en nuestro caso se añade la presencia de nuevas e importantes circunstancias de carácter sociológico, económico, internacional e, incluso, tecnológico, entre las que se encuentra la evolución de la propia Unión Europea y nuestro papel en ella, y la importante revolución científico-tecnológica que está teniendo lugar en una época enormemente influenciada por internet, la robótica, la genómica, etc. Nada de lo cual estaba presente, y en algunos casos ni siquiera se imaginaba, en sociedades como la española en el horizonte temporal de 1978.

Por ello, los que organizamos las jornadas, desde un punto de vista más académico y de análisis de contexto, pensamos que, además de celebrar el aniversario de la Constitución de 1978, debíamos contribuir al debate necesario sobre sus perspectivas futuras. En este caso, lo que pretendíamos era propiciar un encuentro útil, sabiendo que los debates sobre cuestiones constitucionales son fruto no solo de la necesidad —o de la coincidencia en su identificación—, sino también de los esfuerzos de diálogo y debate, a partir de los estados de opinión que existen en una sociedad en un momento dado.

En el período en el que se cumplió el cuarenta aniversario de la Constitución de 1978 era muy frecuente escuchar ponderaciones y valoraciones positivas del clima político que se vivió durante los años de la Transición democrática. Años que en realidad no resultaron fáciles, ni estuvieron exentos de peligros y tensiones, pero en los que predominó la voluntad de dialogar, reflexionar y entenderse. En este sentido, hay que tener en cuenta que la opinión pública entonces tenía muy claro que había que intentar superar un ciclo especialmente conflictivo y antagonizado de la historia de España. Fue en aquellos años cuando la voluntad de los españoles de vivir en paz y en democracia, como los países de nuestro entorno, fue muy fuerte, muy sólida. La inmensa mayoría queríamos vivir en paz y de manera civilizada, mirando al futuro, y no regodeándonos en nuestros conflictos, problemas y desencuentros del pasado.

Sinceramente, yo creo que también actualmente hay una gran mayoría de la población que piensa que la Constitución de 1978 ha sido y es muy positiva para España, y que este período de nuestra historia ha sido especialmente fructífero. Al mismo tiempo, bastantes españoles entienden que la Constitución de 1978 hay que reformarla y ponerla al día en algunos aspectos. Por lo tanto, tendríamos que ser capaces de ponernos de acuerdo para emprender ciertas reformas de interés y utilidad común, aunque no resulten fáciles.

De ahí la pertinencia de jornadas como las que han dado lugar a este libro, en las que participamos personas que tenemos distintas trayectorias, tanto profesionales y académicas como políticas, pero que demostramos que éramos capaces de dialogar, de pensar y aportar puntos de posible encuentro, de formular valoraciones sensatas y de estar dispuestos a llegar a acuerdos. Sobre todo, teniendo muy presente lo que decía el gran Machado sobre dialogar, en el sentido de reconocer que dialogar significa también preguntar y escuchar, es decir, hacer esfuerzos de empatía y de puesta en común.

En la presentación de este libro yo quisiera hacer una mención especial a dos personas. Si bien en las jornadas celebradas tuvimos la fortuna de contar con dos de los padres de la Constitución —Miquel Roca y Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón—, con los que todos tenemos una deuda política y moral importante, no pudimos contar con otros. Precisamente, una de las personas con las que primero hablé, cuando pusimos en marcha estas jornadas, fue José Pedro Pérez Llorca, que, con una voz ya muy tenue, me dijo de manera resuelta: «si estoy bien, iré seguro». Posibilidad que se mantuvo abierta hasta pocos días antes de celebrar las jornadas, cuando nos comunicaron que era imposible, porque había fallecido. José Pedro Pérez Llorca, como todos sabemos, era una persona entrañable y un gran profesional, por lo que fue una auténtica pena que no le pudiéramos escuchar en los debates. Otra persona muy especial para la Fundación Sistema y para algunos de los que participamos en las jornadas fue el Profesor Gregorio Peces-Barba, uno de los padres de la Constitución que, con su esfuerzo y sabiduría, hizo posible dicho texto. Gregorio Peces-Barba fue un gran académico, un gran político y, para muchos de los que desde Cuadernos para el Diálogo y desde la Universidad le conocimos siendo aún muy jóvenes, fue un maestro y un referente.

Desde la estela de estos referentes y desde el recuerdo de su ejemplo y el esfuerzo realizado por aquellos hombres —y pocas mujeres—, en un libro como este hay que empezar con un recuerdo y un reconocimiento especial.

Madrid, enero de 2020

JOSÉ FÉLIX TEZANOS

 

INTRODUCCIÓN

VIRTUDES Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

MIQUEL ROCA

Abogado. Ponente de la Constitución de 1978

Sin rodeos: estoy dispuesto a reconocer a la Constitución de 1978 todas las virtudes, incluso, cuando sea necesario, a aquellas en las que no crea tanto. Le voy a reconocer todas las virtudes, y, a partir de aquí, discutamos lo que hay que cambiar, lo que hay que hacer. Pero, en definitiva, creo que mi obligación personal es defender lo que en aquel momento se hizo, sobre todo, cuando con lo que tengo que enfrentarme es con la ignorancia supina de la acusación sobre el «régimen del 78».

Esta acusación no tiene ningún sentido. Me refiero a aquellos que van diciendo por ahí «el régimen del 78». El «régimen del 78» es una expresión construida desde la voluntad despectiva y ofensiva, cuando en realidad fue, simplemente, la recuperación de la libertad para el conjunto de todos los ciudadanos españoles. A esto le llaman «régimen del 78». Pues bien, pues yo me constituyo en defensor de la Constitución como símbolo de este «régimen del 78», que devolvió la libertad a todos los ciudadanos.

Aquello no fue fácil. Pero no lo magnifiquemos, porque no fue fácil, en todo caso, para la sociedad. Los que nos tocó participar en diversas formas en aquel momento teníamos un mandato muy claro de la ciudadanía: la sociedad quería que nos pusiéramos de acuerdo. Lo que nos hubiera afeado era que no fuéramos capaces de ponernos de acuerdo.

Lo que había era una voluntad unánime, muy importante, de que las fuerzas políticas fueran capaces no solo de poner punto final al franquismo, sino a mucho más. En el año 1977, para nosotros, se trataba no solo de asumir los cuarenta años de la dictadura franquista, sino una guerra civil traumática y la incapacidad demostrada por la sociedad española a lo largo de, como mínimo, ciento cincuenta años de encontrar espacios de convivencia, de tolerancia y de respeto. Queríamos establecer unas bases que asegurasen una capacidad de convivir en paz y en libertad durante el máximo tiempo posible. No teníamos previsiones, lo que queríamos era sobrevivir.

Cuando alguno de los de la acusación del «régimen del 78» dice «fue un pacto de cobardes» es simplemente un ignorante. Cuando la Pasionaria y Rafael Alberti bajaron de su escaño para ocupar la presidencia de la mesa de edad que iba a constituir el Parlamento de 1977 —momento que nosotros vivimos con emoción—, ¿alguien se hubiera atrevido entonces, desde fuera, a decir: «mira, por ahí bajan los cobardes»? ¿Alguien hubiera podido decirle a Jorge Semprún que era un cobarde? La ignorancia mata la inteligencia. Ruego a los que dicen esto que no lo hagan, porque acabarán mal, porque negar lo que aquello representó es propio del género de lo absurdo.

Por primera vez en la historia de España, se hacía una Constitución desde el consenso. No lo habíamos hecho nunca. Y el consenso requiere coraje. ¿Por qué, si no, sentarse aquí delante con Fraga, que toda la vida me había perseguido? Y saludarle e, incluso, terminar una ponencia siendo amigos. Con él, construimos unas bases sobre las que asegurarnos una convivencia. ¿Era cobarde Santiago Carrillo cuando se hacía presentar por Fraga en el Club Siglo XXI?

Por primera vez hicimos una constitución desde el consenso y sometida al referéndum popular. Jamás en España la habíamos tenido. Y no únicamente en España, sino que en muchos países europeos de nuestro entorno tienen constituciones no sometidas al referéndum popular. No está nada mal. Y la votó casi el noventa por ciento. En Cataluña, en particular, el 91,5 por ciento.

Los ponentes, los que estuvimos allí, somos los que estamos en deuda con toda la sociedad. ¿Qué mayor lujo que permitirte participar en la redacción de una constitución que el noventa por ciento de tus ciudadanos dice que sí, que está de acuerdo con ella? Esto es impresionante.

Teníamos que resolver muchos problemas y, evidentemente, ahora es el momento de hablar y pensar si debe reformarse o no. He dicho que para entendernos en el debate —y estoy dispuesto a sentarme en el lado de la defensa— existe una defensa, digamos, en bloque por una razón: la Constitución es un paquete en su conjunto, no sirve decir: «yo acepto todo menos el artículo 23». La Constitución es un bloque. Me gusta a veces decir que es mucho más una música que una letra.

La democracia es fácil de ganar. Los libros dicen cómo hay que hacerlo. Es muy difícil vivir en ella y practicarla cada día. Esta es la lectura y la lección más importante. Decía el profesor que no se enseña la Constitución, que no enseñan la Constitución, pero que, sin embargo, pueden hablar contra el «régimen del 78». Saben tan poco de la Constitución que incluso la pueden criticar. Esto es un mérito democrático enorme. Evidentemente, la cuenta de resultados de la Constitución es buena, es muy buena. También negar la transformación espectacular que ha tenido España en estos últimos tiempos —existen pasiones desordenadas que pueden conducir hacia donde se quiera— y negar la evidencia me parece absurdo.

Se puede decir que tenemos una crisis. ¿Es culpa de la Constitución la crisis de Lehman Brothers? Ello es una ambición de extraterritorialidad enorme. No sé hasta dónde influimos en Estados Unidos en la crisis económica —seamos serios—. Tenemos un problema con las pensiones. ¿Es culpa de la Constitución el tema de las pensiones? En este país se han normalizado temas como el matrimonio homosexual, en el que, para aplicarlo en determinados países de nuestro entorno, han tenido que hacer referéndums. Desde el año 1978, esto ha podido funcionar en nuestro país. ¿De dónde hemos de aprender? Es decir, ¿hay cosas que no funcionan? Seguro. Que no sea la reforma una excusa para no acometerlas. Que no se diga: «como la Constitución dice eso, no podemos resolver este problema». Falso. Actualmente ninguno de los problemas más acuciantes y más graves de la sociedad española tiene su origen o su causa en la Constitución. Y me dirán: «¿este no es catalán?» Y, digo: el problema que se está planteando en Cataluña no se da por culpa de la Constitución ni tiene su origen en ella. En todo caso, se da por otras ambiciones, no constitucionalmente previsibles ni amparables. No es por la Constitución. Por tanto, me siento muy responsable de intentar transmitir a la sociedad un cierto orgullo por lo que se hizo colectivamente. No un cierto perdón por lo que hicimos, sino un cierto orgullo por ello.

España es el país más descentralizado territorialmente que existe en Europa. El más cercano a nosotros es Alemania, con una diferencia muy notable. En Alemania la descentralización la hicieron los tanques aliados. Aquí la hicimos nosotros sin tanques.

En Alemania se hizo de tal manera porque lo único que les preocupaba está en la frase de Miterrand: «nos gusta tanto Alemania que preferimos dos a una sola». Todo lo que fuera dividir Alemania y trocearla, —los Länder, etc—, estaba muy bien, porque así se evitaba que volviera a resurgir el nacionalsocialismo.

En España no fue así, aquí ocurrió otra cosa. Por lo tanto, tenemos suficiente historia de un buen hacer como para que cuando surja el debate de la reforma tengamos confianza en que la podemos llevar a cabo. Porque en un momento determinado hicimos algo que teóricamente tenía que ser mucho más difícil. Porque hoy algunos están con el tema de la memoria histórica, pero en aquel momento la memoria histórica no era histórica, era la memoria de antes de ayer.

Por tanto, si en aquel momento hicimos esto, ello nos debería dar a todos mucha confianza para decir: podemos acometer otras ambiciones, otras reivindicaciones, lo podemos acometer porque en algún momento determinado hicimos aquello; por lo tanto, al revés, deberíamos generar en el pasado un reconocimiento que nos diese a nosotros mismos más confianza sobre lo que podemos hacer a partir de aquí.

Lógicamente, no voy a decir todo lo que la Constitución representó, pero sí que hay algunas cosas que me gustaría destacar de ella y que van a resultar incluso anecdóticas.

Por primera vez, una constitución consagra la expresión del pluralismo, y una sociedad plural requiere del pacto. No hay democracia que reconozca la pluralidad —que quiere decir diversidad— sin que exista el pacto como instrumento de cohesión de esta pluralidad. En el año 1978 decíamos en la Constitución una cosa muy sencilla: democracia es pacto, democracia no es únicamente tolerar la diferencia, sino hacerla posible. Algunos hoy lo tendrían que aprender de nuevo porque la diversidad es nada más que la base de cualquier sistema democrático. Sin esto, no funciona. Y aquella constitución lo decía, aquella constitución lo decía por primera vez.

Segundo punto. Hay un artículo que siempre pasa desapercibido, y en el que reconozco la especial autoría, insistencia, tenacidad y tozudería de Gregorio Peces Barba —que sabemos que tenía muchas cualidades pero entre las más destacadas la tozudez—. Se trata del artículo 9, en el que, no únicamente se dice que «todos los poderes públicos están obligados a respetar los derechos», sino que se establece la obligación de «remover los obstáculos que impidan su libre ejercicio». Esta es una actitud, no de garantía, sino de actuación, de proactividad. Y esto es fundamental. Este valor de la Constitución que no lo toque la reforma. Hay algunos artículos de la Constitución en el campo de los derechos y libertades que podrían ser ahora redactados de manera distinta, pero no le falta imaginación a la Administración de Justicia para leerlos como se quiere. Hay imaginación suficiente para poderlo hacer.

El servicio militar —lo recuerdo siempre— es obligatorio, pero dijimos que era obligatorio para cuando fuere necesario; mientras tanto, no. Y la Constitución lo permite. No ha pasado nada, pero sigue diciendo que el servicio militar es obligatorio y, sin embargo, no se hace. Tendrá que recordarse a los jóvenes que había un momento determinado en el que los jóvenes de este país fueron objetores de conciencia. Ya no hay servicio militar obligatorio, y no hemos reformado la Constitución. Por tanto, hay unos valores que son fundamentales.

Sí que debo decir que, seguramente, lo que en este momento nos corresponde es asumir una tesis —que yo creo que la Fundación Sistema comparte— en base a la cual el Senado no sirve para lo que se pensó y convendría ahora. El Senado es una cámara de corrección que subsana los errores que se hacen en el Congreso. No es una auténtica cámara territorial, y en este sentido lo que llamaríamos «las lecturas federalizantes de la Constitución a través de una reforma del Senado» tiene auténticamente un sentido de mejora y de perfección del sistema en el que no podemos tener un Estado descentralizado que no tenga un escenario de esta descentralización.

El Congreso es una cámara ideológica. Si en el Senado reproducimos otra cámara ideológica, esto no tiene ningún sentido. Por tanto, nosotros necesitaríamos realmente una revisión, una reforma de la Constitución en el tema del Senado —que creo que daría muchas posibilidades de superación de conflictos—, el tener un escenario donde diariamente estos representantes se vean, se conozcan, pacten, y acuerden. Creo que esto sería realmente muy útil para la estabilidad institucional.

¿Qué era, en definitiva, lo que la Constitución perseguía? Perseguíamos sentar unas bases institucionales de un Estado democrático y social de derecho, respecto del que no teníamos ni experiencia ni, en los antecedentes, buenos recuerdos. Por tanto, el tema era complicado. Por ello quisimos hacer algunas cosas.

Una de ellas era potenciar el papel de los partidos y de los sindicatos. La debilidad del ciudadano solo frente al poder del Estado es enorme. Necesita de partidos fuertes y de sindicatos fuertes. Cuando esto se sustituye por lo que llamaríamos «movimientos populares» o por «personalismos «excesivos», siempre acaba teniendo un regusto totalitario que pasa factura, siempre. No hay ningún ejemplo en contra. Por lo tanto, hay que reforzar este papel de sindicatos y partidos.

Segunda cuestión: ¿Puede modificarse la ley electoral? Sí, puede modificarse. Pero no hay ningún ápice de falta de democracia en nuestro sistema electoral. ¿Puede haber otro sistema? Sí. ¿Puede mejorarse por aquí o por allá? Sí. Nuestro sistema electoral es, hoy, de una corrección democrática total y absoluta. Los equilibrios entre territorios y poblaciones siempre son muy complicados en cualquier sistema electoral. Existen en los países de nuestro entorno fantásticos especialistas en geografía electoral.

En las circunscripciones de París, entre los distritos hay unas variaciones muy sutiles. De esta calle, de repente, se pasa a este otro distrito, porque por este sistema resulta que los que ganaron en una anterior ocasión consolidan su victoria si les incorporamos un par de calles más. Pero nuestro sistema electoral no tiene nada que no sea democrático. ¿Puede reformarse? Puede ser. Pero no es porque revista de algún ápice no democrático. Podríamos pensar en las figuras francesas de ballotage, etc. Con toda sinceridad, me he leído bastantes veces la Constitución sobre este punto y no veo que nada lo impidiese, es decir, que una ley electoral introdujese en España la figura de ballotage en segunda instancia.

Tercer punto. Sí que existe en nuestra Constitución algún vacío que se ha experimentado recientemente a través de los debates de investidura. ¿A partir de cuándo debe contarse la fecha de inicio en que se hace la primera votación? ¿Debe ser desde la primera votación o tres meses desde las elecciones? No lo sé. Es realmente un vacío que creo que es malo por una razón: porque estoy convencido de que desgasta a la institución e, incluso, desgasta a la figura del jefe del Estado cuando tiene que ejercer determinadas funciones interpretativas que son muy incómodas y que no las debería tener. La monarquía en España es un centro de imputación formal.

Y por último, todas las instituciones pueden ser retocadas. Se habla mucho del Tribunal Constitucional. Este tema es, en algunos casos, mucho más un problema de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que de la Constitución, propiamente dicha. Con esto quiero decir que se puede aceptar el tema de una posible reforma y entiendo la reforma.

Voy a decir una última cosa, que es la más antipática. Es muy bueno que la Academia debata sobre la Constitución, siempre que entienda que no la tiene que hacer. La Constitución la hace el pueblo y sus representantes. Los académicos tienen que criticar, sugerir, etc. —y se agradece—, pero no han de tener la pretensión de hacer un proyecto académico de la Constitución, porque ello no es adecuado. Precisamente, lo que puede tener de motivador la Comisión que en el Congreso se constituyó fue que los propios parlamentarios asumieron la responsabilidad —asesorándose, incorporando ideas, aceptando sugerencias—. Pero, lo importante es que sean los parlamentarios los responsables. De la misma manera que en el año 1977 lo más importante fue que se trasladó la responsabilidad del proyecto de la Constitución a las Cortes, no al Gobierno de la UCD. El propio Congreso de los Diputados constituye su Comisión, su ponencia para elaborar una Constitución que sea así asumida y aceptada como un patrimonio colectivo de toda la representación del pueblo.

Y luego dicen que académicamente esto no funciona. Lo importante es que solo tienen derecho a equivocarse los ciudadanos, nadie más. Los demás no podemos equivocarnos. Siempre digo que, si tuviera que hacer en otro momento otra constitución, lo que sí que consideraría es el derecho al error. Sin error no hay libertad. Si usted tiene libertad pero no puede equivocarse, entonces la hemos fastidiado. Yo elaboro un dogma y usted lo acepta y ya está —esto ya lo hemos vivido.

 

PRIMERA PARTE: BALANCE HISTÓRICO

LA CONSTITUCIÓN DE 1978 EN PERSPECTIVA HISTÓRICA. VISIONES INTERNACIONALES